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Se acuerda que el cargo de administrador sea remunerado y consistirá en una participación del 0,5% de los beneficios repartibles entre socios en cada ejercicio social. En consecuencia, se modifica la redacción del artículo 18º de los Estatutos Sociales.
T 2228 , F 98, S 8, H PM 55762, I/A 5 ( 4.02.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 30 del Miércoles 13 de Febrero de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.