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- Espagne
"Artículo 6º.- Modos de organizar la administración y retribución del cargo. 6.1 La sociedad será regida y administrada, con las más amplias facultades que en derecho procedan, salvo las que competen a la Junta General con arreglo a la Ley y a estos estatutos, a elección de la Junta General, por.
T 3452 , F 191, S 8, H Z 42462, I/A 5 (19.05.12).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 103 del Viernes 1 de Junio de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.