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Artículo 14.- CONVOCATORIA, QUORUM Y MAYORIAS: La Junta General será convocada por el órgano de Administración y, en su caso, por los liquidadores de la Sociedad. Todo lo relativo a la convocatoria, celebración, quórum y adopción de acuerdos de la Junta General, así como la impugnación de los.
T 1230, L 1230, F 186, S 8, H PO 7226, I/A 43 ( 2.08.11).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 154 del Viernes 12 de Agosto de 2011. Empresarios, Actos Inscritos.