Je veux savoir à propos de…
- Espagne
ARTICULO 9.- ADMINISTRACION... 3. Retribución: El cargo de Administrador será retribuido con una cantidad fija, de acuerdo con la actividad que desarrolle en la Entidad. La retribución deberá ser fijada por la Junta General para cada ejercicio..
T 746, L 510, F 24, S 8, H AB 12007, I/A 3 ( 9.12.10).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 241 del Lunes 20 de Diciembre de 2010. Empresarios, Actos Inscritos.