Je veux savoir à propos de…
![Espagne](/misc/flags_iso/32/es.png)
- Espagne
ARTICULO 4º.- La administración social corresponderá a un administrador único, quien ejercerá el cargo por tiempo indefinido. Para ejercer el cargo de administrador único será requisito imprescindible ser socio de la entidad. El cargo de administrador será remunerado, consistiendo la retribución e.
T 865 , F 175, S 8, H CA 7485, I/A 6 ( 4.11.10).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 221 del Jueves 18 de Noviembre de 2010. Empresarios, Actos Inscritos.