Je veux savoir à propos de…
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29. El cargo de Administrador será remunerado. Los Administradores tendrán como retribución la cantidad fija que, en cada ejercicio les señale la Junta General. .
T 101, L 101, F 33, S 8, H IB 4633, I/A 4 (19.08.09).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 164 del Viernes 28 de Agosto de 2009. Empresarios, Actos Inscritos.