ACTUACIONES ACTIVIDADES E INVERSIONES INMOBILIARIAS, SOCIEDAD ANÓNIMA

Asamblea general de bonistas

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 297 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se convoca a los tenedores de Bonos AISA Agosto 2006 a la Asamblea general que se celebrará en el domicilio social del emisor, sito en Barcelona, calle Muntaner, número 340, principal, el día 9 de marzo de 2007, a las doce horas, en primera convocatoria o, en el supuesto de que no pudiera celebrarse válidamente en primera convocatoria por no alcanzarse el quórum legalmente necesario, el día 10 de abril de 2007, en segunda convocatoria, en el mismo lugar y hora, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de la gestión del Comisario Provisional del Sindicato de Bonistas.Segundo.-Constitución del Sindicato de Bonistas.Tercero.-Ratificación del cargo del Comisario Provisional o nombramiento, en su caso, de nuevo Comisario.Cuarto.-Examen y aprobación, en su caso, de los Estatutos del Sindicato de Bonistas.Quinto.-Delegación de facultades.Sexto.-Ruegos y preguntas.Séptimo.-Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la Asamblea general.

Derecho de información: En relación con el punto cuarto del orden del día, a partir de la publicación del anuncio de la presente convocatoria de Asamblea general, los bonistas que lo deseen podrán examinar y obtener en el domicilio social del emisor (calle Muntaner, número 340, de Barcelona), consultar en la página web de la compañía (www.grupoaisa.com), y solicitar la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los Estatutos del Sindicato de Bonistas, que ha de ser sometido a la aprobación de la Asamblea.

Derecho de asistencia: Tendrán derecho de asistencia a la Asamblea general los tenedores de bonos de la referida emisión que estén inscritos a su nombre en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta, con al menos cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la reunión y estén en posesión de la tarjeta de asistencia que al efecto será expedida por la entidad depositaria de los bonos.

Todo bonista que tenga derecho de asistencia a la Asamblea podrá hacerse representar por medio de otra persona. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada Asamblea, haciéndose constar dicha representación, bien en la tarjeta emitida por la entidad depositaria de los bonos, bien en otro documento.

Barcelona, 25 de enero de 2007.-El Comisario Provisional, Ángel Mañas Asencio.-4.853.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 22 del Miércoles 31 de Enero de 2007. .

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