COMPAÑIA COLECTIVA COSTERA CRIOLLA S.A. - 29/10/2018

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 2

SECRETARÍA NRO. 3

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 2, de Capital Federal, Secretaria Nro. 3, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, PB, Capital Federal, comunica por dos días en autos caratulados “COMPAÑIA COLECTIVA COSTERA CRIOLLA SA S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE CONCURSO ESPECIAL POR HSBC BANK ARGENTINA SA” Expe. Nro. 036064/ 2000/2, que el martillero Eduardo Abel Espósito (CUIT 20-04520400-7, Responsable Inscripto); procederá a subastar el 10 de diciembre próximo, a las 11hs. en punto en Jean Jaures 545, CABA, el siguiente bien: El lote 11 de la manzana T con una superficie de 5000 m2, ubicado en Capilla del Monte, Pedania Dolores, Depto. Punilla, pcia. de Córdoba.- Según informe de constatación efectuado, se trata de un lote de terreno de aprox.

5.000 mts. cdos., en el que se desarrolla un lugar destinado a vivienda, que en su momento pudieron haber sido dos departamentos de dos habitaciones, cocina, baños, todo en mal estado de uso y conservación.

Además existe una edificación tipo galpón con techo de chapa, tipo taller, con fosas para vehículos.

Se ubica en calle Córdoba (de tierra) e intersección de calle 12 de Octubre, sin chapa municipal.

Ocupado por Sergio Roman Guevara, junto a su esposa y cuatro hijos menores, en calidad de ocupante.- Subastándose en el estado en que se encuentra en exhibición los días 6 y 7 de Diciembre próximo en el horario de 10 a 12h.- Base: U$S 45.000 o su equivalente en moneda de curso legal para el momento del remate.- Al contado y al mejor postor.- Se encontrará asimismo a cargo del adquirente abonar el veinticinco centésimos por ciento (0,25%) del precio final obtenido en subasta, correspondiente a arancel de remate, conforme Acordada Nro. 24/00.- Al contado y al mejor postor.- Seña 30%.- Dentro del quinto día de aprobada la subasta -sin emplazamiento previo- deberá depositar judicialmente en el Bco. de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a la orden del suscripto y en la cuenta de autos, el importe que corresponda abonar al contado, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso, con pérdida de la seña en favor de la quiebra.- Comisión 3% más IVA.- El comprador deberá constituir domicilio en Capital Federal.- Se encuentra prohibida la compra en comisión, la cesión o transferencia del boleto de compra, y la compra bajo poder.- Las deudas por impuestos, tasas y contribuciones devengados con anterioridad al decreto de quiebra, serán objeto de verificación en caso de así requerirlo los respectivos acreedores.- Las devengadas entre el auto de quiebra y la fecha de posesión del inmueble por parte del comprador, deberán ser abonadas por la sindicatura como gastos del concurso (L.C. 240).- Las posteriores a esta fecha serán a cargo del comprador.- Deudas: En Municipalidad de Capilla del Monte (fs. 197/8) por $ 4362,83 al 19/11/01; y en Rentas (fs. 246) por $ 155,94 al 5/02/02 mas /fs. 247) por $ 599,10 al 5/02/02.- Subasta sujeta aprobación del Juzgado.- Buenos Aires, a los 23 días del mes de octubre del año 2018 FERNANDO Martin Pennacca Juez - MARIANA GRANDI SECRETARIA

e. 26/10/2018 N° 80886/18 v. 29/10/2018

Edicto publicado en la página 90 del Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 29 de Octubre de 2018

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COMPAÑIA COLECTIVA COSTERA CRIOLLA SA S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE CONCURSO ESPECIAL POR HSBC BANK ARGENTINA SA

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