CONS. PROP. AV. CABILDO 2370 - 26/10/2016

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 34

SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 34, a cargo del Dr. Ignacio M. Rebaudi Basavilbaso, Secretaría única, a mi cargo interinamente, sito en Uruguay Nº 714, 5º piso, CABA, comunica por dos días en autos “CONS. PROP. AV. CABILDO 2370 C/MASBIR SRL S/EJECUCION DE EXPENSAS” Expte. 99551/2013, que el martillero Jorge Ramón Torres CUIT 20-04778218-0, TE 4981-0439, rematará el día 08 de Noviembre de 2016 a las 10,30 hs., en punto, en la calle Jean Jaures Nº 545, CABA; la U.F. Nº 92, entrepiso, local 95, que es parte integrante de la “Galería Río de Janeiro” con entradas por la Av. Cabildo Nº 2370 y Ciudad de la Paz Nº 2369, entre Blanco Encalada y Olazábal, CABA. Se trata de un local comercial donde hoy funciona un bar de música/variedades, nocturno, que se accede por escalera, con un amplio salón en forma de “U”, con piso de mármol, cabina de sonido/vestuario y 2 baños para damas y caballeros.

El local cuenta con sistema de extracción de aire. El inmueble se encuentra en buen estado de uso y conservación y se encuentra ocupado por el Sr. Carlos Huayta DNI 93.855.801 manifestando que lo hace en carácter de inquilino sin acreditar el título invocado.

Sup. Cub. y Total 230,21 m2 - Porcentual 10,25% - Matrícula 16-5030/92 - Partida 1.362.828. Nom. Catastral: Circ. 16, Secc. 39, Mz. 100, Parcela 5a. Condiciones de Venta: Al contado y mejor postor.

BASE $ 1.725.000.- Seña 30%, Comisión 3%, Arancel Acor. 10/99 CSJN 0,25%, Sellado fiscal 1%, todo en dinero en efectivo en el acto del remate.

El comprador deberá depositar el saldo de precio dentro del quinto día de la notificación de la aprobación del remate (art. 580 del Cod. Procesal), en la Sucursal Tribunales del Banco de la Nación Argentina a la orden del Juzgado y como pertenecientes a estos autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 584 del mismo ordenamiento legal.

Adeuda: Expensas $ 741.191,33 al 31/03/16 fs. 254; GCBA $ 178.691,10 al 20/04/16 fs. 271; OSN (no registra deuda) al 21/04/16 fs. 289; Aguas Argentinas (no registra deuda) al 22/04/16 fs. 277 y AYSA $ 119.410,44 al 29/04/16 fs. 293. En virtud de lo dispuesto por la Cámara Nacional en lo Civil, de fecha 19/02/1999, en autos “Servicios Eficientes SA c/Yabra Roberto Isaac s/Ejecución Hipotecaria”, no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasa y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlos.

No cabe una solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13.512. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de la Capital Federal, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Cod. Procesal.

Exhibición: los días 02 y 03 de Noviembre de 15 a 17 hs. Buenos Aires de Octubre de 2016. Ignacio Olazabal.

Secretario Interino.

Publíquese en el Boletin oficial.

Ignacio Olazabal SECRETARIO INTERINO

e. 25/10/2016 N° 78999/16 v. 26/10/2016

Edicto publicado en la página 38 del Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 26 de Octubre de 2016

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