Edicto publicado el 14/12/2009

Nº 17 Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 17 del Dr. Marcelo L. Gallo Tagle, Secretaría Unica interinamente a mi cargo, sito en la calle Av. de los Inmigrantes 1950, Piso 5º, comunica por dos días en autos:”Saul Narciso c/Velez Osvaldo Christian Javier s/ejecución hipotecaria”, exp. Nº 18.520/2003, que el martillero público Cesar Jorge Zaidelis rematará el día 18 de Diciembre del 2.009 a las 12:15 horas, en punto, en las “Oficina de Subastas Judiciales”, ubicado en calle Tte. Gral. Perón 1233, Capital, el siguiente bien: La Unidad Funcional Nº “2”, Planta Baja y que se trata de un local a la calle con vidriera en el cual se consigna “Estudio Jurídico”, ubicado en la calle Charcas 4.550/2/4, Capital, entre las de Darragueira y Uriarte.

Según mandamiento de constatación de fs. 204, la unidad se encuentra ocupada por el Dr. Osvaldo Christian Javier Velez, con DNI. Nº 24.215.992. El inmueble se trata de un local que en su vidriera dice “Estudo Jurídico”. El Dr. Velez manifiesta que lo ocupa en el carácter de propietario del mismo y el estado de conservación de dicha unidad en general es bueno.

Según certificado de dominio de fs. 281/2 la superficie total de dicha unidad es de 22,29 cm.2, inscripto en la Matrícuna 18-2075/2.- Conforme surge de lo informado a fs. 272, se adeuda al 30-9-2009 en concepto de expensas comunes $ 4.167,00 incluidos los intereses, siendo las expensas de septiembre del 2.009 de $ 87,07.Según informe de Aguas Argentinas de fs. 237 al 13-4-09 se adeuda $ 11.647,94; informe de O.S.N. Nación de fs. 230 al 19-3-09, Partida sin Deudas; informe de AySA. de fs. 228, al 26-03-09 se adeuda $ 670,77 y informe de A.B. y Limpieza de fs. 217 al 17-3-09 se adeudan $ 429,76.- Asimismo se hace saber, que de conformidad con lo dispuesto por el Superior en Pleno en los autos “Servicios Eficientes S.A. c/Yabra, Roberto Isaac s/ejec. hipotecaria””, no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas.

No cabe una solución análoga respecto de las expensas comunes, para el caso que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley Nº 13.512”, como así también no procederá la compra en comisión ni la indisponibilidad de los fondos de la subasta (art. 587 inc. 7º del Código procesal, texto s/ ley Nº 24.441.- Asimismo el comprador deberá abonar el 0,25% del monto de la compra en concepto de arancel sobre la Acordada 24/00. Base: $ 96.200,00.- 30% del precio en concepto de seña; 3% el de comisión y los sellados de ley. Asimismo el comprador deberá constituir domicilio en esta Capital.

Dicha unidad se exhibe los días 16 y 17 del mes de Diciembre del 2.009 en el horario de 16:00 a 17:30 horas.

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2009. Mariel Gil, secretaria interina.

e. 14/12/2009 Nº 118508/09 v. 15/12/2009

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 14 de Diciembre de 2009

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