Edicto publicado el 07/08/2006

Nº 80 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil nº 80, Secretaría Única, con asiento en Av. de los Inmigrantes 1950, 6º piso, Capital Federal, comunica por dos días en los autos “MOGLIATTI, MARIA SUSANA C/ LASSO, JORGE ALBERTO S/ EJECUCIÓN HIPOTECSARIA” expte.

Nro. 59368/1996, que el Martillero Público Horacio E. Garrido, CUIT 20-04406278-0, TE 4812-0912, rematará el día 14 de agosto de 2006 a las 10,30 hs. en punto en Tte. Gral. Juan D. Perón 1.233, Capital Federal, el inmueble ubicado en la calle Aristóbulo del Valle nro. 2285, entre las de El Chiripa y La Vincha, Burzaco, Partido de almirante Brown, Pcia. de Buenos Aires. Nomenclatura catastral: Circ. III, Secc. E, manz. 93, Parcela 9, Partida Inmobiliaria: 0-37663, Matrícula: 29422. Superficie: 350,00 m2. Según informe de autos se trata de una casa que consta de living comedor, un dormitorio, baño y cocina.

En mal estado de conservación.

Ocupada por el demandado, su esposa e hijos: BASE U$S 15.600. al contado y mejor postor.

Comisión 3%. IVA sobre comisión.

Sellado de Ley. Seña 30%ArancelAc. 10/99 CSJN 0,25%. La venta se realiza “ad corpus”. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del juzgado bajo apercibimiento de ser notificado de las resoluciones ministerio ley. No procede la venta en comisión ni la cesión de los derechos emergentes del instrumento de adquisición, y que el adquirente que invoque tal carácter será considerado adquirente definitivo.

Dentro del quinto día de aprobado el remate el comprador deberá depositar el saldo de precio que corresponda abonar al contado en el banco de la Nación Argentina (Sucursal Tribunales), y en la cuenta de autos y a la orden del juzgado sin requerirse para ello intimación previa.

Para el supuesto que se planteara la nulidad de la subasta, el comprador deberá dentro del quinto día y sin intimación alguna depositar a embargo el saldo de precio bajo apercibimiento de decretarse nueva subasta.

No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcance para solventarlos, con excepción de las deudas que se registren por expensas comunes, para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13.512 (cfr. CNCiv Fallo Plenario “Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto Isaac s/ Ejecutivo”). Deudas: fs. 251 Municipalidad $ 3.952,42. al 31/12/2004; fs. 174 Rentas $ 4.124,20 al 31/07/04; fs. 184 OSN no registra deuda al 7/12/04; fs. 167 AA no registra deuda al 05/08/04. Exhibición: 10 y 11 de agosto de 2006 en el horario de 15 a 16 hs. Buenos Aires, julio , 19 de 2006. Santiago Pedro Iribarne, secretario P.A.S. e. 07/08/2006 Nº 48.120 v. 08/08/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 7 de Agosto de 2006

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MOGLIATTI, MARIA SUSANA C/ LASSO, JORGE ALBERTO S/ EJECUCIÓN HIPOTECSARIA

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