DEPEC S.R.L. - 24/01/2006

Por documento privado del 10/1/2006, se resolvió adecuar el estatuto societario modificando las siguientes cláusulas, siendo su nueva redacción la siguiente: Cláusula Tercera: El objeto social será:

a) Servicios de desagote de pozos negros y cámaras sépticas, destapaciones de desagües cloacales o pluviales y tareas afines, tratamiento y depuración de líquidos cloacales o pluviales y tareas afines, tratamiento y depuración de líquidos cloacales, en jurisdicción nacional, provincial o municipal dentro de la República o en el extranjero.

b) Industriales: construcción de plantas depuradoras de líquidos cloacales; transformación e industrialización de dichos líquidos a los efectos de su eliminación o comercialización; construcción de lechos nitrificantes en sus diversas variantes; fabricación y/o armado de todos los equipos destinados a los fines ya enumerados.

c) Comerciales: Importación, exportación, compra, venta, locación e instalación de aparatos mencionados en el párrafo anterior y además todo tipo de mercadería, productos, maquinaria, maquinarias en general, explotación de patentes de invención, marcas de fábrica, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; el ejercicio de representaciones, comisiones y mandatos de cualquier naturaleza.

La sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, y ejercer los actos, que no son prohibidos por las leyes o por este contrato.

Cláusula Sexta: La administración, representación legal y uso de firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual o en forma indistinta, socios o no por el término de cinco ejercicios siendo reelegibles.

En tal carácter, tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en los Artículos 1881 del Código Civil y 9 del Decreto Ley 5965/63. En garantía de sus funciones, el o los gerentes constituirán un seguro de caución en una Compañía de Seguros de plaza, y dicho seguro se constituirá a favor de la sociedad y será por la suma de $ 10.000 (pesos diez mil), en un todo conforme a lo establecido por las leyes y reglamentos vigentes.

Autorizada según estatuto de constitución del 6/6/2005 realizado mediante documento privado.

Natalia Galiusi Certificación emitida por: Paula M. Rodríguez Foster.

Nº Registro: 1602. Nº Matrícula: 3995. Número Acta: 050. Libro Nº: 69. Nº 55.788

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Martes 24 de Enero de 2006

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