Edicto publicado el 21/04/2017

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POR 5 DÍAS El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Fernando A. Bueno, por medio del presente, Notifique, a ALMAGRO SÁNCHEZ CARLOS ADRIÁN (Artículo 129 del Código Procesal Penal), en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N° 509550-1, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Calificado, de la resolución que a continuación se transcribe: “Banfield, 18 de noviembre de 2016. (…) Computo Que practico a los efectos de determinar el vencimiento de la sanción impuesta a Carlos Adrián Almagro Sánchez">Carlos Adrián Almagro Sánchez mediante el veredicto y sentencia dictado el día

16/04/2007 cuando se lo condenó a la pena de dos meses de prisión de cumplimiento efectivo con costas en orden al delito de Robo Simple, unificando la pena referenciada con la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimento en suspenso en orden al delito de Robo Agravado por haberse cometido en poblado y en banda en grado de tentativa, dictada por el Tribunal Oral N° 3 Deptal.

en causa N° 271. Condenando en definitiva a la pena única de un año y siete meses de prisión de cumplimiento efectivo con costas en orden a los delitos supra mencionados

(cfr. fs. 209/219), en el marco de estas actuaciones que se registran por Secretaría como causa N° 509550-1 y sus acumuladas.

A partir de la compulsa de las actuaciones pude determinar que Carlos Adrián Almagro Sánchez">Carlos Adrián Almagro Sánchez fue detenido en causa 3198 de trámite ante el Juzgado de Garantías N° 1 del Dpto. Judicial Dolores el día 10 de febrero de 2000 -ver fs. 1- Recuperando la libertad el día 11 del mismo mes y año -ver fs. 5 de la causa N°

3648/04/1 por lo que permaneció en encierro dos días.

En causa N° 2513/1 fue aprehendido el día 10 de febrero de 2004 -ver fs. 1/2- y obtuvo la libertad el mismo día -ver fs. 27- habiendo permanecido en encierro un día. En causa

N° 509550/1 fue detenido el día 29 de abril de 2004 -ver fs. 1/vta.- recuperando la libertad el día 28 de mayo del mismo año, habiendo estado en encierro un mes. En el marco de la I.P.P. N° 102521 de trámite ante el Juzgado de Garantías N° 3 del Dpto. Judicial Dolores, fue aprehendido el día 18 de enero de 2006 -ver fs. 1- y recuperó su libertad el día 19 del mismo mes y año -ver fs. 24 vta.- por lo que estuvo privado de su libertad dos días.

En el marco de la causa N° 271 del registro de la Secretaría del Tribunal Criminal N° 3 Departamental tal como se advierte de las copias certificadas agregadas a fs. 32/8 se advierte que el nombrado fue aprehendido el día 9 de enero de

1999 permaneciendo en encierro hasta el día 20 de enero de 1999, por lo que estuvo detenido doce (12) días.

Por último, y tal como se advierte de fs. 19/20 del incidente de morigeración el 31 de mayo del año 2012 se efectivizo el arresto domiciliario dispuesto al momento de resolver una medida de coerción penal - fs. 16/7. En razón de ello y habiendo adquirido firmeza el fallo aludido, la pena impuesta a Carlos Adrián Almagro Sánchez">Carlos Adrián Almagro Sánchez venció el día 12/11/2013. Fdo.: Gabriela A. Gómez, Auxiliar Letrada.

Certifico: En cuanto ha lugar por derecho, que practicada la correspondiente liquidación de costas, la misma arroja la suma de pesos ($ 190.00) ciento noventa.

Secretaria, 18 de noviembre de 2016. Fdo.: Gabriela A. Gómez, Banfield, 18 de noviembre de 2016. Apruébese el cómputo del vencimiento de pena y la liquidación de costas practicada por

Secretaria (Art. 500 del CPrP). Notifíquese.

Fecho, procédase al Archivo de las presentes actuaciones.

Fdo.: Lidia F. Moro. Juez Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Banfield, 4 de abril de 2017. Atento el estado de la presente, respecto de Almagro Sánchez, Carlos Adrián notifíquese de la resolución de fs. 284/285 de conformidad con lo normado por el Art. 129 del Digesto

Adjetivo.

Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días.

A tal fin, líbrese oficio al Sr.

Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental.

Fdo.: Fernando A. Bueno. Juez”. Secretaría, 4 de abril de 2017. Gabriela A. Gómez, Auxiliar Letrada. C.C. 4.424 / abr. 18 v. abr. 24

Edicto publicado en la página 2 del Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires del Viernes 21 de Abril de 2017

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