Recurso de inconstitucionalidad n.º 5630-2022, contra los artículos 2 a) y d), 3.1 y 4.1 del Decreto-ley de Cataluña 6/2022, de 30 de mayo, por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, la aprobación, la validación y la revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos, y artículos 2.1 y 2.4 de la Ley de Cataluña 8/2022, de 9 de junio, sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de septiembre de 2022, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5630-2022, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular y del Grupo Parlamentario Ciudadanos, contra los artículos 2 a) y d), 3.1 y 4.1 del Decreto-ley de Cataluña 6/2022, de 30 de mayo, por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, la aprobación, la validación y la revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos, y artículos 2.1 y 2.4 de la Ley de Cataluña 8/2022, de 9 de junio, sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria.

Madrid, 13 de septiembre de 2022.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 227 del Miércoles 21 de Septiembre de 2022. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

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