Resolución de 15 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 7 de junio de 2022, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

Advertidos errores en la Resolución de 7 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 141, de 14 de junio, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:

En la página 81223, en el título, donde dice:

«Resolución de 7 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.»

Debe decir:

«Resolución de 7 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.»

En la página 81223, párrafo tercero del preámbulo, penúltima línea, donde dice:

«… convocar concurso general…»

Debe decir:

«… convocar concurso específico…»

En la página 81227, en la base cuarta, baremo de valoración, se añade como primer párrafo:

«El concurso constará de dos fases: méritos generales y méritos específicos, que se valorarán de acuerdo a lo previsto en esta base.»

Y donde dice:

«La adjudicación de destino exigirá que, como mínimo, el aspirante alcance una puntuación total de todos los méritos reflejados en el presente baremo, de 25 puntos.

La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

I. Méritos generales»

Debe decir:

«Para obtener un puesto en el presente concurso habrá de alcanzarse una valoración mínima de 15 puntos en la primera fase y 10 puntos en la segunda. Los participantes que en la primera fase no obtengan la puntuación mínima exigida no podrán pasar a la segunda.

La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Primera fase

Méritos generales»

En la página 81229, en la base cuarta, apartado 4. Antigüedad, donde dice:

«La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación:

– 0,84 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 25 puntos.»

Debe decir:

«La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación:

– 0,67 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 20 puntos.»

En la página 81232, en la base cuarta, donde dice:

«II. Méritos específicos adecuados a las características del puesto.

Se valorarán los méritos específicos para cada puesto de la convocatoria hasta un máximo de 20 puntos.»

Debe decir:

«2. Segunda fase

Méritos específicos adecuados a las características del puesto

Se valorarán los méritos específicos para cada puesto de la convocatoria (Anexo I) hasta un máximo de 25 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 10 puntos para superar esta fase.»

La presente Resolución, por la naturaleza de las rectificaciones introducidas, no altera el plazo de presentación de solicitudes.

Madrid, 15 de junio de 2022.–El Subsecretario de Cultura y Deporte, P.D. (Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre), el Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Joan Francesc Marco Conchillo.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 145 del Sábado 18 de Junio de 2022. Autoridades y personal, Ministerio De Cultura Y Deporte.

Otras ediciones del BOE

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30

Dernière édition du BOE

Dernière édition du BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...