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Visto el escrito remitido por la Entidad Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca S.C.C. en el que comunica la fusión absorción de la Caja Rural de Mota del Cuervo S.C.C. por dicha Entidad, este Departamento dicta la siguiente Resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 422 para actuar como colaboradora en la gestión recaudatoria, correspondiente a la Caja Rural de Mota del Cuervo S.C.C. En consecuencia, la citada entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.">Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio («BOE» de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual aplicación de lo previsto en el apartado primero, punto cuarto de la Instrucción número 1/2008, de 27 de febrero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de noviembre de 2014.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Soledad García López.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 288 del Viernes 28 de Noviembre de 2014. Otras disposiciones, Ministerio De Hacienda Y Administraciones Públicas.