Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la notificación de Procedimiento de Apercibimiento, ante la imposibilidad de notificación en domicilio.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y para que sirva de notificación al interesado que se indica a continuación, ante el resultado negativo de dos intentos en el domicilio señalado por el mismo, se hace público que por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos se ha dictado Resolución en el expediente señalado a continuación..

El interesado a efectos de esta notificación, o su representante podrá solicitar, acreditando su identidad, una copia de la Resolución correspondiente, compareciendo de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00, en el Servicio de Atención al Ciudadano de la sede de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, o contactando a través de https://sedeagpd.gob.es/sede-electrónica-web/, en el plazo máximo de siete días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En el marco de lo dispuesto en el artículo 128 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, se ha dictado Procedimiento de Apercibimiento identificado a continuación.

N.º EXPEDIENTE

IDENTIFICACIÓN

A/00195/2013

M.A.V. 11918356D

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la LRJPAC, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal.

Madrid, 10 de marzo de 2014.- La Secretaria general de la Agencia Española de Protección de Datos, doña María José Blanco Antón, de conformidad con lo establecido en el art. 30, apartado b), del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 64 del Sábado 15 de Marzo de 2014. Anuncios, Agencia Española De Protección De Datos.

Otras ediciones del BOE

<<<Agosto 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031

Dernière édition du BOE

Dernière édition du BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...