Resolución 590/38009/2012, de 28 de diciembre, de la Dirección de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Contratación del Ejército de Tierra, por el que se delegan competencias.

Delegar la facultad de celebrar contratos basados en los Acuerdos Marcos concluidos por la Junta de Contratación del Ejército de Tierra, consecuencia de la ejecución del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa, en aquellos órganos de contratación del Ejército de Tierra, con facultades en materia de contratación, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1053/2010, de 5 de agosto, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de defensa y en la Orden DEF/3389/2010, de 28 de diciembre, de delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Defensa, así como las competencias de aprobación del gasto y de compromiso, que de los mismos se deriven.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado Acuerdo de delegación, que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 28 de diciembre de 2012.–El Director de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra, Máximo Cabeza Sánchez-Albornoz.

ANEXO

Acuerdo de la Junta de Contratación del Ejército de Tierra, por el que se delegan competencias para celebrar contratos, en los órganos de contratación del Ejército de Tierra

La Junta de Contratación del Ejército de Tierra, por acuerdo adoptado en su reunión de fecha 5 de octubre de 2011 (Acta número 46/11), aprobado por Resolución de fecha 3 de diciembre de 2012, del General de Ejército Jefe de Estado Mayor del Ejército y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 5 de la Orden DEF/2021/2011, de 13 de julio, por la que se regula la contratación centralizada y se modifica la composición y competencias de las Juntas de Contratación del Ministerio de Defensa,

Delega la competencia para celebrar contratos basados en los Acuerdos Marco concluidos por la Junta de Contratación del Ejército de Tierra, consecuencia de la ejecución de los Planes Anuales de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa, en aquellos órganos de contratación del Ejército de Tierra, con facultades en materia de contratación, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1053/2010, de 5 de agosto, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa, y en la Orden DEF/3389/2010, de 28 de diciembre, de delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Defensa, así como las competencias de aprobación del gasto y su compromiso, que de los mismos se deriven.

Consta en el expediente la aprobación del Excmo. Sr. General de Ejército JEME de la delegación propuesta, al no depender jerárquicamente los órganos delegados de la Junta.

Madrid, 28 de diciembre de 2012.–El Presidente de la Junta de Contratación del Ejército de Tierra, Máximo Cabeza Sánchez-Albornoz.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 34 del Viernes 8 de Febrero de 2013. Otras disposiciones, Ministerio De Defensa.

Materias

  • Delegación de atribuciones
  • Ejército de Tierra
  • Ministerio de Defensa

Otras ediciones del BOE

<<<Agosto 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031

Dernière édition du BOE

Dernière édition du BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...