Anuncio del Notario Jose González de Rivera Rodríguez de subasta por procedimiento extrajudicial.

Don José González de Rivera Rodríguez, Notario del Colegio de Madrid, con residencia en la capital y despacho abierto en la calle García de Paredes, 74-1.º-C, hago constar y saber:

1.- Que en mi Notaría, a instancias del acreedor, Banco Español de Crédito, S.A., se tramita, bajo el expediente uno/2012, la venta extrajudicial por subasta, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana.- 41. Piso tercero derecha, escalera D, de la casa en Madrid, número cuatrocientos cincuenta y nueve del núcleo San Cristóbal de los Ángeles, actualmente calle Rocafort, 45, con 42,64 metros cuadrados de superficie. Linda: frente, puerta de entrada y escalera; derecha, fondo e izquierda, entrando, terrenos de Noras, S.A. Cuota: 2,0833%. Inscripción en el Registro de la Propiedad 44 de Madrid: tomo 2146, libro 559, folio 109, finca 27493.

2.- Que las bases y condiciones de la subasta son:

a) Se celebrará, al ser vivienda habitual, una sola subasta, en mi Notaría, el 20 de diciembre de 2012, a las diez horas. Y el tipo de la misma, conforme a lo pactado en la escritura de hipoteca, serán doscientos dos mil doscientos cincuenta y nueve euros y sesenta y seis céntimos.

b) Para tomar parte en la subasta los postores obligados a ello deberán consignar una cantidad igual al 30% del citado tipo mediante cheque bancario a nombre del Notario o en efectivo. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.

c) La documentación y certificación registral a que se refieren los arts. 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría los días de lunes a viernes no festivos en horario de 10 a 14 horas; entendiéndose que todo licitador, por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes a la hipoteca que se ejecuta, si los hubiere, continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor.

d) La subasta se rige por lo que disponen el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, y los artículos 234, 235 y 236 a) a 236 o) del Reglamento Hipotecario, vigentes.

Madrid, 25 de octubre de 2012.- El Notario, José González de Rivera Rodríguez.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 268 del Miércoles 7 de Noviembre de 2012. Anuncios, Otros Poderes Adjudicadores.

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