Corrección de errores de la Resolución de 6 de julio de 2012, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se amplían los Anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción.

Advertidos errores en la resolución de 6 de julio de 2012, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se amplían los Anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 174, de 21 de julio de 2012, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

Página 52685, primera celda de la sexta fila, donde dice: «UNE 127 100:2999 (3)», debe decir: «UNE 127 100:1999 (3)».

Página 52691, primera celda de la quinta fila, después de «Tejas de arcilla cocida para colocación discontinua. Definiciones y especificaciones de producto» añadir una línea que diga «UNE 136 020:2004 (3)».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 242 del Lunes 8 de Octubre de 2012. Otras disposiciones, Ministerio De Industria, Energía Y Turismo.

Materias

  • Marca de conformidad CE
  • Materiales de construcción
  • Normalización

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