Real Decreto 296/2011, de 28 de febrero, por el que se declara la jubilación forzosa de don Santiago Eduardo Pérez Obregón, al cumplir la edad legalmente establecida.

De conformidad con lo establecido en los artículos 131.3 y 386.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, y en el artículo 28.2 a) y 3 e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial adoptado en su reunión del día 30 de noviembre del año 2010,

Vengo en declarar la jubilación forzosa por edad de don Santiago Eduardo Pérez Obregón, Magistrado, con destino en la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, por cumplir la edad legalmente establecida de 70 años el día 5 de abril del año 2011, con los derechos pasivos que le correspondan por esta causa y cuya jubilación producirá efectos a partir de la fecha indicada.

Dado en Madrid, el 28 de febrero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 81 del Martes 5 de Abril de 2011. Autoridades y personal, Consejo General Del Poder Judicial.

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