CAJA ESPAÑA FONDOS, S.A., S.G.I.I.C.

Cambio de Control de la Sociedad Gestora, Sustitución de entidad depositaria de fondos de inversión y otros.

Con fecha 5 de Junio de 2010 las Asambleas de Caja España de Inversiones Caja de Ahorros y Monte de Piedad (Caja España) y Caja de Ahorros de Salamanca y Soria (Caja Duero), acordaron la fusión de ambas Entidades mediante creación de una nueva entidad por sucesión universal, denominada Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, que tras la aprobación de la Junta de Castilla León el 9 de septiembre, y la firma el 1 de octubre de la escritura de fusión de ambas entidades, quedó inscrita en el Registro Mercantil de León con fecha 4 de octubre de 2010.

Tras la fusión, Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, se ha convertido en el accionista único de Caja España Fondos, SA, SGIIC, a través de la sociedad de Invergestión, Sociedad de Inversiones y Gestión, S.A., lo que ha supuesto un cambio de control de la Sociedad Gestora, dado que el accionista único de Caja España Fondos, SA., SGIIC., era Caja España a través de la sociedad Invergestión, Sociedad de Inversiones y Gestión, SA.; asimismo, ha sustituido a Caja España como: entidad garante, entidad comercializadora y entidad depositaria de todos los fondos gestionados por Caja España Fondos, SA., SGIIC., que presentaran a Caja España como dicha figura.

En consecuencia, se procederá a la modificación del artículo 5 del Reglamento de Gestión de los Fondos de Inversión por ella gestionados, al objeto de sustituir a Caja España de Inversiones Caja de Ahorros y Monte de Piedad por Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, como Entidad depositaria. La anterior modificación entrará en vigor una vez queden inscritos en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, los Reglamentos de Gestión y los Folletos Informativos de los Fondos que la recogen.

Se informa a los partícipes del correspondiente derecho de separación que les asiste, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el BOE y en dos diarios de difusión nacional o desde la fecha de remisión de las comunicaciones individualizadas a los partícipes, si ésta fuera posterior. Podrán optar durante el plazo de un mes por el reembolso o traspaso de sus participaciones, total o parcial, sin deducción de comisión de reembolso ni gasto alguno, por el valor liquidativo que corresponda a la fecha del último día del mes de información.

Madrid, 6 de octubre de 2010.- Secretario del Consejo de Administración, D. Miguel Villa Díez.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 244 del Viernes 8 de Octubre de 2010. Anuncios, Anuncios Particulares.

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