Sentencia de 14 de mayo de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la nulidad únicamente del apartado e) de la instrucción primera.1, del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 16 de febrero de 2007, que aprueba las Instrucciones por las que se determinan el procedimiento para autorizar la entrada, residencia y trabajo en España de extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral, o relativas a la realización de trabajo

En el recurso contencioso-administrativo n.º 248/2007, interpuesto por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, la Sala Tercera (Sección Quinta) ha dictado sentencia, en fecha 14 de mayo de 2010, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, contra el Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de febrero de 2007, que aprueba las Instrucciones por las que se determinan el procedimiento para autorizar la entrada, residencia y trabajo en España de extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral, o relativas a la realización de trabajos de investigación y desarrollo, o docentes, que requieran alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés cultural, debemos acordar lo siguiente:

1. Se declara nulo únicamente el apartado e) de la instrucción primera.1, y, en consecuencia, las previsiones de las instrucciones referidas al mismo.

2. En lo demás, se desestima el recurso contencioso-administrativo, declarándose conforme a derecho el acuerdo impugnado, salvo el citado apartado e).

3. No se hace imposición de costas.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Presidente: Excmo. Sr. don Mariano de Oro-Pulido y López.–Magistrados: Excmos. Sres: Don Jesús Ernesto Peces Morate; don Rafael Fernández Valverde; don Eduardo Calvo Rojas; doña Maria del Pilar Teso Gamella.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 171 del Jueves 15 de Julio de 2010. Disposiciones generales, Tribunal Supremo.

Materias

  • Autorizaciones
  • Extranjeros
  • Permisos de trabajo
  • Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración
  • Trabajadores
  • Tribunal Supremo

Otras ediciones del BOE

<<<Agosto 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031

Dernière édition du BOE

Dernière édition du BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...