Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, Subdirección General de Personal Servicio de Retribuciones, sobre la notificación a don José Manuel Gómez Chamorro Pérez para el reintegro del percibo indebido de haberes.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don José Manuel Gómez Chamorro Pérez (18.971.449-Z) el Acuerdo de 20 de noviembre de 2009, relativo al reintegro de pagos indebidos se resuelve la publicación de la presente en el B.O.E., y cuyo texto completo es el siguiente:

"Con escrito de este Servicio, número 121.245 de 19-06-2009, se le notificaba el inicio de un expediente administrativo, incoado por el percibo indebido de la cantidad de 3.439,40 euros, en concepto de haberes, en el período comprendido entre el 31-01-2009 al 30-04-2009, abonada en las nóminas de los meses de enero a abril de 2009, en virtud de la Resolución 160/03767/09 (BOD núm. 48, de fecha 11-03-2009), por la que pierde la condición de Guardia Civil y de Militar de Carrera de la Guardia Civil, desde el día 30 de enero de 2009.

Una vez transcurrido el plazo máximo de 15 días que contempla el art. 84.2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin que por esa parte se hayan efectuado alegaciones ni presentado documentos que pudieran favorecer su pretensión de defensa, se da por cumplimentado el trámite de Audiencia, y en consecuencia,

Acuerdo declarar que la cantidad de 3.439,40 euros, percibida por Don José Manuel Gómez Chamorro Pérez (18.971.449-Z), en concepto de haberes, en el período comprendido entre el 31-01-2009 al 30-04-2009, tiene la consideración de "cantidades indebidamente percibidas", notificándole la obligación de restitución de la citada cantidad, según dispone la Orden EHA/4077/2005, de 26 de diciembre (B.O.E. núm. 311, de 29-12-2005), sobre reintegros de pagos indebidos."

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Director General de la Policía y Guardia Civil, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, en base a cuanto disponen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Por razones de agilidad en la tramitación del expediente, el citado recurso se remitirá a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (Carretera de Andalucía km 25,500), aportando las pruebas necesarias para fundamentar sus pretensiones.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 11 de febrero de 2010.- Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil, don Fausto Gallego González.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 42 del Miércoles 17 de Febrero de 2010. Anuncios, Ministerio Del Interior.

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