Resolución de 19 de septiembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, de modificación de la de 21 de agosto de 2006, por la que se convocan ayudas dirigidas a facilitar la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en los estudios de doctorado que han obtenido la Mención de Calidad para el curso académico 2006/2007.

Con el propósito de mejorar las condiciones recogidas en la bases de la convocatoria publicada por Resolución de 21 de agosto de 2006, de ayudas dirigidas a facilitar la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en los estudios de doctorado que han obtenido la Mención de Calidad para el curso académico 2006/2007, Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

1. Los puntos de la Resolución de 21 de agosto de 2006 (Boletín Oficial del Estado de 5 de septiembre de 2006), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas dirigidas a facilitar la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en los estudios de doctorado que han obtenido la Mención de Calidad para el curso académico 2006/2007, que a continuación se relacionan quedarán redactados como sigue:

12. Financiación

La financiación de las ayudas se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781, de los Presupuestos Generales del Estado, con un gasto máximo de 6.195.000,00 euros en el ejercicio de 2006 y de 3.290.000,00 euros en el ejercicio 2007.

ANEXO I

Modalidad A: Ayudas para la movilidad de profesores visitantes

A.2 Características y condiciones de las ayudas.

A.2.3 La estancia de los profesores visitantes tendrá una duración mínima de una semana y máxima de cuatro, durante las que deberá desarrollar una actividad docente de un mínimo de 10 horas lectivas y un máximo de 20 por semana. Por cada hora lectiva impartida, el profesor visitante deberá dedicar otra en las actividades del doctorado.

A.2.5 El importe de la ayuda será de 120 euros por hora lectiva impartida en los estudios de doctorado, siendo el mínimo de horas lectivas de diez y el máximo de veinte por semana.A.2.6 Además, se concederán ayudas para gastos de desplazamiento, con un importe máximo de:

a) Dentro de España: hasta 300 euros.

b) Desde países de la Unión Europea: hasta 600 euros.c) Desde otros países: hasta 1.200 euros.

A.2.7 Con carácter general, estas ayudas podrán financiar hasta un máximo de 25.200 euros por cada estudio de doctorado, más lo que corresponda por gastos de desplazamiento.A.4 Formalización de solicitudes y plazo de presentación.

A.4.2 El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será del 20 de septiembre al 10 de octubre de 2006.

Madrid, 19 de septiembre de 2006.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, Miguel Ángel Quintanilla Fisac.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 234 del Sábado 30 de Septiembre de 2006. Otras disposiciones, Ministerio De Educación Y Ciencia.

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