Corrección de errores del Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, por el que se regula la concesión de derechos a los agricultores dentro del régimen de pago único.

Advertidos errores en el Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, por el que se regula la concesión de derechos a los agricultores dentro del régimen de pago único, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 313, de 31 de diciembre de 2005, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 43330, segunda columna, artículo 5.1., donde dice: «... en los artículos 37, 40, 42, 53 y 62...»; debe decir: «... en los artículos 37, 40, 42, 53, 62, 64 y 65...».

En la página 43331, primera columna, artículo 6.3., donde dice: «El año 2006...»; debe decir: «En el año 2006...».En la página 43332, segunda columna, artículo 9.1.c), tercera línea, donde dice: «habiendo solicitado la ayuda», debe decir: «habiendo solicitado o no la ayuda».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 56 del Martes 7 de Marzo de 2006. Disposiciones generales, Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación.

Materias

  • Agricultura
  • Arrendamientos rústicos
  • Ayudas
  • Cesión de Derechos
  • Explotaciones agrarias
  • Financiación comunitaria
  • Política Agrícola Común

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