Acuerdo de 24 de mayo de 2005, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelven solicitudes sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento del idioma y del Derecho Civil Especial o Foral propio de determinadas Comunidades Autónomas.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión del día 24 de mayo de 2005, ha adoptado el acuerdo siguiente:

Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con la solicitud presentada por don Diego Gutiérrez Alonso, miembro de la Carrera Judicial, en la que interesa que se le reconozca el mérito preferente del conocimiento del Idioma catalán en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a los efectos previstos en los artículos 341.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 108 y siguientes del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109.4 del Reglamento antes citado, notificar el texto íntegro del acuerdo al interesado con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, y disponer la oportuna publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con la solicitud presentada por doña María del Carmen López Carbonell, miembro de la carrera judicial, en la que interesa que se le reconozca el mérito preferente del conocimiento del Derecho Civil Especial o Foral propio de la Comunidad Autónoma de Cataluña, a los efectos previstos en los artículos 341.2 de Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 108 y siguientes del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.4 del Reglamento antes citado, notificar el texto íntegro del acuerdo a la interesada con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, y disponer la oportuna publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 24 de mayo de 2005.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

Hernando Santiago

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 138 del Viernes 10 de Junio de 2005. Otras disposiciones, Consejo General Del Poder Judicial.

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