Resolución de 25 de abril de 2005, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan los premios IMSERSO «Infanta Cristina 2005».

El artículo 3 de la Orden TAS/3226/2004, de 30 de septiembre, establece que los Premios «Infanta Cristina», se convocarán anualmente mediante Resolución de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, que regulará las bases comunes y específicas de cada premio, así como su número y su cuantía.A tenor de lo expuesto, por la presente Resolución, se convocan los Premios IMSERSO «Infanta Cristina» 2005 que se regirán de acuerdo con lo estipulado en las bases que, como Anexo I, se acompaña a la presente Resolución.

Los gastos producidos por esta convocatoria se imputarán a los créditos consignados en el programa 35.91 aplicación 22.660 del Presupuesto de Gastos y Dotaciones del Instituto de Mayores y Servicio Sociales del corriente ejercicio económico.

Madrid, 25 de abril de 2005.-El Director General, Ángel Rodríguez Castedo.

ANEXO IPremios IMSERSO «Infanta Cristina» 2005

Bases comunes a todas las modalidades de los Premios

Primera.-Los candidatos a los Premios objeto de la presente convocatoria deberán ser personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, españolas, o legalmente establecidas en España, o de nacionalidad de cualquiera de los Estados de Iberoamérica.

Segunda.-El plazo de admisión de candidaturas finalizará el 30 de septiembre de 2005.Tercera.-Las solicitudes podrán enviarse por correo certificado al Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Avda. de la Ilustración, s/n, con vuelta a Ginzo de Limia, 58, 28029 Madrid, o entregarse personalmente en el Registro General de este Instituto, planta cero, indicando en el sobre, Premios IMSERSO «Infanta Cristina 2005» así como la modalidad para la que se presenten. También podrán presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.Las solicitudes, para participar en la presente convocatoria deberán formalizarse en el Modelo que figura como Anexo II y además de los documentos y certificados exigidos en las bases específicas que regulan cada una de las modalidades, irán acompañadas de:

Para las personas físicas: Las solicitudes serán suscritas por el solicitante o solicitantes y acompañadas de Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

Para las personas jurídicas: Las solicitudes deberán ser suscritas por sus representantes autorizados y acompañadas de la siguiente documentación:

Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o documento, que legal o reglamentariamente lo sustituya, demostrativo de la identidad del representante de la persona jurídica, así como el nombramiento o poder suficiente para representar a aquélla.

Documento que acredite la constitución legal de las mismas y su inscripción en el registro correspondiente, en el caso de que este requisito fuera exigible en el país donde tenga su domicilio social.Número de identificación fiscal de la persona jurídica.

Todos los documentos que se presenten deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación vigente.Cuarta.-Si la documentación presentada con la solicitud no reuniera alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria o cualquiera de los previstos en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se requerirá a las personas físicas o jurídicas solicitantes para que, en el plazo de 10 días, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, todo ello de acuerdo con el artículo 71.1 de la citada Ley, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Quinta.-Los trabajos podrán estar realizados en castellano o en cualquiera de las lenguas oficiales reconocidas por la Constitución Española, debiendo enviar, en su caso, traducción del texto o subtitulación en castellano.Sexta.-La configuración y soporte de las memorias solicitadas en las distintas modalidades de Premios recogidas en la presente convocatoria se ajustará a lo siguiente:

Las páginas de la memoria, mecanografiadas por una sola cara y numeradas, se configurarán en formado A4 (210 x 297 mm.), con interlineado sencillo y un tamaño mínimo de letra de 12 puntos, si bien podrán utilizarse tamaños inferiores (10 puntos mínimo) para gráfico e ilustraciones en color, siempre que resulten inteligibles.

La memoria se confeccionará en soporte papel y soporte informático. El soporte informático será un CD Rom o disquete conteniendo la memoria en archivo «.doc» (Microsoft Word) o archivo «.pdf» (Acrobat).A fin de evitar problemas de distorsión, todos los gráficos que se incluyan en la memoria deberán estar insertados en las páginas del archivo de Microsoft Word.

Séptima.-No podrá concurrir a esta convocatoria el personal que preste servicios retribuidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Las personas que intervengan en el proceso de concesión de los Premios (tanto a nivel de organización, como de evaluación, propuesta y concesión) guardarán la debida confidencialidad sobre las deliberaciones y resultados de las evaluaciones que se efectúen a las distintas candidaturas.

Octava.-La presentación de candidaturas supone la plena aceptación por parte del candidato y, en su caso, del proponente de todas las bases que regulan la convocatoria. No serán admitidos los trabajos que no reúnan los requisitos establecidos en las mismas.

Novena.-El Jurado deberá emitir la propuesta de concesión de los Premios antes de 40 días a partir de la fecha de finalización de la presentación de candidaturas.Décima.-Los Premios consistirán en un trofeo y en la dotación económica establecida para cada uno de ellos en las bases específicas. El Premio Honorífico y los Premios al Mérito Social, no conllevan dotación económica. Los Premios podrán declararse desiertos o, en su caso, serles reconocido un accesit.Undécima.-Las obras presentadas que no resulten premiadas, podrán ser retiradas dentro del plazo de tres meses, salvo que hayan sido objeto de recurso, desde la publicación de la Resolución de concesión en el Boletín Oficial del Estado, siendo destruidas las que no sean retiradas en dicho plazo.

Bases específicas

Premio Honorífico

Primera.-Podrán ser presentadas a esta modalidad, todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan destacado de forma sobresaliente por su trayectoria en la mejora de las condiciones de vida de las personas mayores y/o personas en situación de dependencia y sus familias cuidadoras. Este Premio Honorífico no conlleva dotación económica.Se pretende premiar una acción solidaria individual o colectiva de interés general, desarrollada durante un amplio periodo de tiempo, dirigida a los colectivos del ámbito competencial del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.Este Premio se concederá a propuesta de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin que sea posible que los concursantes lo soliciten por sí mismos.Segunda.-La propuesta deberá ir acompañada de, una memoria explicativa (por duplicado) que no excederá de 30 folios, exponiendo la labor desarrollada por las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.Tercera.-En la memoria explicativa, sin perjuicio de que los proponentes expongan otras informaciones que consideren de interés, deberán constar los siguientes datos:

Justificación de la propuesta.

Descripción y objetivo de la labor solidaria desarrollada.Tiempo de desarrollo.Sector de población al que va dirigido.Número de beneficiarios.

Cuarta.-La valoración se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

La trascendencia tanto cuantitativa como cualitativa, de la obra de los candidatos en la mejora de la calidad de vida de las personas mayores y personas en situación de dependencia y sus familias cuidadoras.

La dilatada ejecutoria en el tiempo de la labor desarrollada.El carácter altruista o solidario de las actividades.El grado de compromiso de la persona o entidad.En el caso de que la propuesta se refiera a personas jurídicas, se tendrá en cuenta además en la valoración:

La transparencia en la gestión, la participación de los usuarios y la evaluación continua de resultados.

La accesibilidad a los recursos, la humanización de los servicios y la satisfacción de los usuarios.La innovación y calidad, eficacia y eficiencia de la gestión de los servicios.

Premios al Mérito Social

Primera.-El Instituto de Mayores y Servicios Sociales podrá conceder, con carácter exclusivamente honorífico y sin dotación económica, premios al mérito social para reconocer públicamente la labor realizada, a lo largo de la vida, por hombres y mujeres, voluntarios o profesionales, que se hayan destacado por su especial dedicación al servicio de las personas mayores, o de las personas en situación de dependencia y sus familias cuidadoras.Se pretende premiar a las personas que realizan una labor ejemplar, voluntaria o profesional, dentro de las administraciones públicas, organizaciones no gubernamentales o empresas de economía social o de mercado.Segunda.-Los Premios al Mérito Social, se concederán a propuesta de cualquier persona u organismo, sin que sea posible que las personas lo soliciten para sí mismas.Aquellas personas u organismos que consideren que una determinada persona física es merecedora de este reconocimiento, por conocer su destacada labor, podrá dirigirse al Instituto de Mayores y Servicios Sociales y efectuar la propuesta correspondiente, aportando una memoria explicativa.Tercera.-En la memoria explicativa, sin perjuicio de que los proponentes expongan otras informaciones que consideren de interés, deberán constar los siguientes datos:

Justificación de la propuesta.

Descripción y objetivo de la labor solidaria desarrollada.Tiempo de desarrollo.Sector de población al que va dirigido.Número de beneficiarios.

Cuarta.-La valoración se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

La ejemplaridad de la labor realizada.

La dilatada ejecutoria en el tiempo de la labor desarrollada.El carácter altruista o solidario de la labor.La especial entrega y el carácter abnegado de la labor.La cercanía y calidez en el trato.

Premio a las Experiencias Innovadoras

Primera.-Podrán presentarse a este Premio, las personas jurídicas, públicas o privadas, que desarrollen experiencias innovadoras por su contenido, por las tecnologías aplicadas o por la novedad en los programas desarrollados dirigidos a las personas mayores y/o personas en situación de dependencia y sus familias cuidadoras.Segunda.-Los solicitantes deberán presentar una memoria explicativa con un máximo de 50 folios en la que se hará constar:

Justificación de la propuesta.

Descripción y objetivo de la iniciativa innovadora.Tiempo de desarrollo.Sector de población al que va dirigido.Aportaciones nuevas al sector.Importancia.

Tercera.-Los trabajos presentados deberán estar relacionados con los siguientes campos:

Envejecimiento activo.

Dependencia.Servicios Sociales.

Cuarta.-La valoración se hará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

Su carácter modélico.

Su capacidad de mejora y de innovación.La posibilidad de transferencias de los avances e innovaciones.El efecto multiplicador en la dinamización y mejora del sector.

Quinta.-Este Premio está dotado con hasta 15.000 euros.

Premio a Estudios e Investigaciones Sociales

Primera.-Podrán presentarse a este Premio, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan realizado estudios o investigaciones que contribuyan de forma relevante al conocimiento y/o a la mejora de los servicios sociales especializados en la atención a los colectivos encomendados al Instituto de Mayores y Servicios Sociales.Segunda.-Los trabajos de investigación deberán versar sobre estudios sociales o económicos.Deberán ser inéditos y con una extensión no inferior a 100 folios.Los trabajos podrán venir acompañados de los gráficos, descripciones o cualquier elemento que ayude al Jurado a la toma de sus decisiones.Tercera.-La valoración de los trabajos se efectuará teniendo en cuenta la aportación de nuevos datos, informaciones o conocimientos sobre los sectores de población atendidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, así como sobre las políticas, recursos, programas y servicios dirigidos a estos colectivos.Cuarta.-La dotación económica de este premio será de hasta 15.000 euros.

Premio I+D+i en Nuevas Tecnologías y Ayudas Técnicas

Primera.-Podrán presentarse a este Premio, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan realizado proyectos de I+D+i o de accesibilidad en entornos, productos y servicios que contribuyan a la mejora de la calidad de vida de las personas mayores y/o de las personas en situación de dependencia y de sus familias.Segunda.-Los trabajos contendrán, por duplicado, una memoria de la investigación, con una extensión no superior a 200 folios, que podrán venir acompañados de los gráficos, descripciones o cualquier elemento que ayude al Jurado a la toma de sus decisiones.En la memoria explicativa del proyecto se detallará, la naturaleza innovadora del mismo o el avance o progreso que supone respecto a la tecnología vigente, y una explicación de su repercusión en la calidad de vida de las personas mayores y/o de las personas en situación de dependencia y de sus familias.Tercera.-Los trabajos presentados deberán estar relacionados con uno o más de los siguientes campos:

Ayudas Técnicas.

Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.Informática.Robótica.Biotecnología.Transporte.Señalización.Prevención, protección y cuidado personal.Tareas domésticas.Vivienda y domótica.Espacios públicos urbanizados, infraestructura y edificación.Bienes y servicios a disposición del público.Relaciones con las Administraciones Públicas.

Cuarta.-La valoración de los trabajos se efectuará teniendo en cuenta su carácter innovador, el progreso o avance que represente el desarrollo del proyecto de accesibilidad o de la nueva tecnología o ayuda técnica, su viabilidad técnica y económica y su impacto en la mejora de la calidad de vida y de la autonomía de las personas mayores o de las personas en situación de dependencia.

Quinta.-La dotación económica de este Premio será de hasta 15.000 euros.

Premio a la Calidad

Primera.-Podrán presentarse a este Premio las organizaciones que tengan personalidad jurídica, públicas o privadas, que estén desarrollando sistemas de gestión de calidad excelentes en el ámbito de los servicios sociales, y que hallan incrementado la calidad de los servicios de atención a las personas mayores y/o personas dependientes y de sus familias cuidadoras mejorando sus procesos y resultados en, al menos, los últimos cuatro años.Segunda.-Con independencia de las características de configuración y soporte recogidas en la Base Sexta de las Bases Comunes a todas las modalidades de los Premios, la memoria del Premio a la Calidad reunirá las siguientes especificaciones:

Portada (1 página): Nombre de la organización, y logotipo.

Índice general de contenidos (1 página).Presentación de la organización, incluyendo sus funciones y actividades, estructura orgánica y principales servicios que presta (máximo 2 páginas).Cuerpo del documento en el que se describa el funcionamiento de la organización según todos y cada uno de criterios y subcriterios del modelo EFQM (máximo 70 páginas).No se tendrán en cuenta, a la hora de su evaluación las páginas que superen las indicadas para este apartado.Anexo, en su caso, en el que se recoga las siglas y acrónimos empleados con sus correspondientes significados.

Tercera.-La valoración de la Memoria se realizará por la Comisión nombrada al efecto y que estará constituida por expertos en el modelo EFQM, de Excelencia que estén acreditados como evaluadores del modelo por la Fundación Europea para la Gestión de la Calidad (EFQM) o por el Club Gestión de la Calidad, representantes para España de la mencionada Fundación.

La valoración se efectuará teniendo en cuenta las evidencias mostradas en la Memoria en relación con todos y cada uno de los criterios y subcriterios del modelo EFQM en su adaptación para la Administración Pública que se encuentra disponible en la página de internet del Ministerio de Administraciones Públicas en el apartado «Modelo EFQM» para participantes españoles o en el apartado «Cooperación Nacional e Internacional-Iberoamérica-modelo Iberoamericano» para los participantes de Iberoamérica (http://www.igsap.map.es/calidad/calidad.htm).

Criterios:

Liderazgo.

Política y Estrategia.Personas.Alianzas y Recursos.Procesos.Resultado en los clientes.Resultado en las personas.Resultados en la sociedad.Resultados clave.

Cuarta.-La dotación económica de este Premio será de hasta 15.000 euros.

Premios de ComunicaciónPrensa, Radio, Televisión, Página Web y Fotografía

Primera.-Podrán ser presentados a esta modalidad de Premios los artículos o reportajes, programas de radio, programas de televisión, páginas web y fotografías que hayan contribuido de forma relevante a la sensibilización e información de la sociedad y a la participación e integración social de las personas mayores y/o personas dependientes y sus familias cuidadoras.Los artículos, reportajes o fotografías de prensa, programas de radio o televisión tienen que haber sido publicados o emitidos durante el periodo comprendido entre el 16 de noviembre de 2004 y el 30 de septiembre de 2005.Segunda.-Se deberá presentar el siguiente material:

Prensa:a) Se podrá participar con un sólo artículo o con varios hasta un máximo de seis. Los artículos podrán haber sido publicados con nombre, seudónimo o sin firma. En estos dos últimos casos, el Director de la publicación deberá certificar el nombre del autor.

b) Dos ejemplares o fotocopias de cada artículo publicado, especificando los datos completos del concursante, título, fecha de publicación y medio en que se ha publicado.c) Autorización para la reproducción y difusión de los artículos premiados.

Radio:

a) Selección de guiones, no superior a seis, de la serie de programas emitidos. Los guiones se remitirán por duplicado.

b) Una sola copia, en cinta cassette o CD, de los programas presentados, tal como fueron emitidos.c) Certificado del Director de la emisora, en la que se acredite el título, fecha y hora de emisión y composición del equipo realizador.d) Autorización para la utilización de los programas premiados para los fines del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Televisión:

a) Una copia en vídeo, en formato VHS, sistema español o DVD de los trabajos presentados, hasta un máximo de seis.

b) Certificado del Director de la emisora, en la que se acredite el título, fecha, hora de emisión y composición del equipo realizador.c) Declaración de que no existen problemas de reproducción de la imagen de las personas que aparezcan en los trabajos presentados, responsabilizándose de las posibles reclamaciones que por este motivo pudieran originarse.d) Autorización para la utilización de los programas premiados para los fines del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Web:

a) Dirección y mapa de la Web.

b) Función, finalidad y contenidos.c) Accesibilidad a las personas con discapacidad.d) Estadística de visitas.e) Otros datos que el concursante considere de interés.

Fotografía:

a) Se podrá participar con una fotografía, un reportaje fotográfico, o fotografías de prensa, hasta un máximo de seis fotografías.

Se podrá premiar tanto una sola fotografía como el conjunto de fotografías presentadas.b) La fotografía, en blanco y negro o color, y con título, se enviará en tamaño mínimo de 18 x 24 cm. montadas en cartón.También pueden presentarse diapositivas en formato de 35 milímetros o mayor.c) Declaración de que no existen problemas de reproducción de la imagen de las personas que aparecen en las fotografías presentadas, responsabilizándose de las posibles reclamaciones que por este motivo pudieran originarse.d) Para el supuesto de fotografía de prensa, los concursantes deberán presentar también certificado del director de la empresa editora en la que fue publicada, indicando medio y fecha de publicación.

Tercera.-Los artículos premiados podrán ser reproducidos y difundidos a través de las revistas y publicaciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, indicándose siempre los datos del autor.

Los programas de radio y televisión premiados podrán ser emitidos y difundidos en todos aquellos actos institucionales, jornadas informativas, etc., en los que intervenga el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y que considere que su difusión pueda resultar de interés para los objetivos que tiene encomendados el Instituto.Las fotografías premiadas podrán ser reproducidas y difundidas a través de revistas y publicaciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales así como en todos aquellos actos institucionales y jornadas informativas en los que intervenga el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y que considere que su difusión pueda resultar de interés para los objetivos que tienen encomendados el Instituto.Cuarta.-La valoración se realizará teniendo en cuenta:

La originalidad en el enfoque del tema.

El alto nivel de divulgación alcanzado.El carácter innovador de los trabajos presentados.El espacio y el tiempo dedicado al tema.La calidad técnica y rigor expositivo.La continuidad en el tratamiento del tema.

Quinta.-La dotación económica de estos premios será la siguiente:

Prensa hasta 12.000 euros.

Radio hasta 12.000 euros.Televisión hasta 12.000 euros.Página Web hasta 12.000 euros.Fotografía hasta 6.000 euros.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 137 del Jueves 9 de Junio de 2005. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.

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