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Visto el expediente de indulto de doña María Dolores Ares Carrera,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenada por la Audiencia Provincial, Sección número 6, de Vizcaya, en
sentencia de fecha 10 de septiembre de 2003, como autora de un delito
contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 42.691
euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de
sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos
en el año 2003, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de junio de 2004,
Vengo en conmutar a doña María Dolores Ares Carrera la pena privativa
de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde
la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 11 de junio de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 156 del Martes 29 de Junio de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.