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Suscrito el 25 de marzo de 2004, Convenio Marco de colaboración
científica entre el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa
y el Departamento de Sanidad y Seguridad Social de la Generalidad de
Cataluña para la investigación en Medicina Regenerativa y creación del
Centro de Barcelona como un Nodo del Centro Nacional, en cumplimiento
de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en
el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo
de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 1 de abril de 2004.-El Secretario General, Rafael
Pérez-Santamarina Feijóo.
ANEXO QUE SE CITA
Convenio Marco de colaboración científica entre el Centro Nacional
de Trasplantes y Medicina Regenerativa y el Departamento de Sanidad
y Seguridad Social de la Generalidad de Cataluña para la investigación
en Medicina Regenerativa y creación del Centro de Barcelona como
un Nodo del Centro Nacional
En Barcelona, a 25 de marzo de 2004.
En presencia de la Excma. Ministra de Sanidad y Consumo, doña Ana
María Pastor Julián, nombrada por Real Decreto 667/2002, de 9 de julio;
en funciones de acuerdo con Real Decreto 449/2004, de 15 de marzo
REUNIDOS
Por una parte, el Ilustrísimo Sr. don Rafael Matesanz Acedos, Director
del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, nombrado
por Real Decreto 194/2004, de 30 de enero ("BOE" núm. 27, de 31 de
enero).
Por la otra, la Honorable Señora Marina Geli i Fàbrega, Consellera
de Sanitat i Seguretat Social de la Generalitat de Catalunya, nombrada
por Decreto 298/2003, de 20 de diciembre (DOGC núm. 4035, de 22 de
diciembre)
ACTÚAN
El primero, en nombre y representación del Centro Nacional de
Trasplantes y Medicina Regenerativa del Ministerio de Sanidad y Consumo,
en virtud de las facultades que le confiere el Real Decreto 176/2004, de
30 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de
Trasplantes y Medicina Regenerativa.
La segunda en nombre y representación del Departament de Sanitat
i Seguretat Social en virtud de las facultades que le confiere su cargo.
MANIFIESTAN
1. La Ley 45/2003, de 21 de noviembre, por la que se modifica la
Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida,
ha creado el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa,
como organismo público con la naturaleza de organismo autónomo
encargado de coordinar, gestionar y fomentar la política de trasplantes y
medicina regenerativa en España.
2. Por Real Decreto 176/2004, de 30 de enero, se aprueba el Estatuto
de este organismo autónomo, que tiene entre sus fines promover, coordinar
y desarrollar las actividades asistenciales y de investigación en los ámbitos
de los trasplantes y de la medicina regenerativa, de acuerdo con la
legislación vigente y los convenios internacionales en materia de biomedicina
en los que España sea parte.
Para coadyuvar al cumplimiento de estos fines el organismo promoverá
la creación, previo acuerdo del Consejo de Ministros, de un Centro de
Investigación que se constituirá como Fundación del Sector Público Estatal.
3. Que es interés de las dos instituciones que representan cooperar
en la investigación en el ámbito de la Medicina Regenerativa y muy
especialmente en el de las células troncales embrionarias humanas y sus líneas
celulares.
4. Que en Cataluña existen Bancos de Preembriones Humanos
Congelados acreditados por el Departamento de Sanidad y Seguridad Social,
y equipos de investigadores en biología del desarrollo y en células troncales
adultas que contribuirán de un modo relevante a la viabilidad científica
del proyecto.
5. Que es voluntad de ambas partes constituir un Centro de
Investigación en Medicina Regenerativa ubicado en Barcelona, que forme parte
integrante de la Fundación para la Investigación del Centro Nacional de
Trasplantes y Medicina Regenerativa, cuya creación se promoverá.
Es por ello que:
ACUERDAN
1. Impulsar la constitución del Centro de Investigación en Medicina
Regenerativa de Barcelona como nodo de investigación del Centro Nacional
de Trasplantes y Medicina Regenerativa, que quedará supeditado a la
creación de la Fundación para la Investigación del Centro de Trasplantes y
Medicina Regenerativa, prevista en el Real Decreto 176/2004, de 30 de
enero.
2. Sin perjuicio de la participación que pueda corresponder en los
órganos de gobierno del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina
Regenerativa que se establecen en el Real Decreto 176/2004, las partes
favorecerán los mecanismos de participación y gestión que resulten adecuados
para el Centro de nueva creación.
3. Las Administraciones que firman este convenio se comprometen
a la cofinanciación de la inversión en equipamiento, así como de los gastos
de funcionamiento, en las proporciones y cantidades que se establezcan
en su momento, partiendo, como documento base, de la propuesta recogida
en el documento "Anteproyecto del Centro de Investigación en Medicina
Regenerativa de Barcelona".
El presente convenio Marco, por sí solo, no comporta obligación
económica alguna para las partes. Los compromisos de financiación habrán
de ser determinados y sólo podrán ser materializados a través de convenios
específicos de desarrollo.
4. El Centro de Investigación en Medicina Regenerativa en Barcelona
se ubicará en el Parc de Reçerca Biomédica de Barcelona (PRBB)
5. El presente Convenio Marco entrará en vigor el día siguiente de
su firma y tendrá vigencia hasta 31 de Diciembre de 2004, sin perjuicio
de su prórroga por voluntad de ambas partes.
6. Para impulsar la cooperación prevista en el presente convenio y
resolver las dudas que pueda ofrecer su cumplimiento, las partes
constituirán una comisión paritaria mixta, que, entre otras funciones, estudiará
y propondrá la celebración de los convenios específicos en los que se
contendrán las concretas actuaciones a desarrollar y el régimen de
financiación.
7. El presente convenio marco tiene naturaleza administrativa de la
prevista en el artículo 6 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y las
cuestiones litigiosas que se puedan suscitar serán resueltas por la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Y como prueba de conformidad, las partes firman por triplicado en
el lugar y fechas indicadas en el encabezamiento. Firmado.-La Ministra
de Sanidad y Consumo, Ana Pastor Julián.-Director del Centro Nacional
de Trasplantes, Rafael Matesanz Acedos.-Consellera de Sanitat i Seguretat
Social de la Generalitat de Catalunya, Marina Geli i Fràbrega.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 98 del Jueves 22 de Abril de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Sanidad Y Consumo.