RESOLUCIÓN de 1 de abril de 2004, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenio marco de colaboración científica entre el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa y el Departamento de Sanidad y Seguridad Social de la Generalidad de Cataluña para la investigación en Medicina Regenerativa y creación del Centro de Barcelona como un Nodo del Centro Nacional.

Suscrito el 25 de marzo de 2004, Convenio Marco de colaboración

científica entre el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa

y el Departamento de Sanidad y Seguridad Social de la Generalidad de

Cataluña para la investigación en Medicina Regenerativa y creación del

Centro de Barcelona como un Nodo del Centro Nacional, en cumplimiento

de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en

el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo

de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 1 de abril de 2004.-El Secretario General, Rafael

Pérez-Santamarina Feijóo.

ANEXO QUE SE CITA

Convenio Marco de colaboración científica entre el Centro Nacional

de Trasplantes y Medicina Regenerativa y el Departamento de Sanidad

y Seguridad Social de la Generalidad de Cataluña para la investigación

en Medicina Regenerativa y creación del Centro de Barcelona como

un Nodo del Centro Nacional

En Barcelona, a 25 de marzo de 2004.

En presencia de la Excma. Ministra de Sanidad y Consumo, doña Ana

María Pastor Julián, nombrada por Real Decreto 667/2002, de 9 de julio;

en funciones de acuerdo con Real Decreto 449/2004, de 15 de marzo

REUNIDOS

Por una parte, el Ilustrísimo Sr. don Rafael Matesanz Acedos, Director

del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, nombrado

por Real Decreto 194/2004, de 30 de enero ("BOE" núm. 27, de 31 de

enero).

Por la otra, la Honorable Señora Marina Geli i Fàbrega, Consellera

de Sanitat i Seguretat Social de la Generalitat de Catalunya, nombrada

por Decreto 298/2003, de 20 de diciembre (DOGC núm. 4035, de 22 de

diciembre)

ACTÚAN

El primero, en nombre y representación del Centro Nacional de

Trasplantes y Medicina Regenerativa del Ministerio de Sanidad y Consumo,

en virtud de las facultades que le confiere el Real Decreto 176/2004, de

30 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de

Trasplantes y Medicina Regenerativa.

La segunda en nombre y representación del Departament de Sanitat

i Seguretat Social en virtud de las facultades que le confiere su cargo.

MANIFIESTAN

1. La Ley 45/2003, de 21 de noviembre, por la que se modifica la

Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida,

ha creado el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa,

como organismo público con la naturaleza de organismo autónomo

encargado de coordinar, gestionar y fomentar la política de trasplantes y

medicina regenerativa en España.

2. Por Real Decreto 176/2004, de 30 de enero, se aprueba el Estatuto

de este organismo autónomo, que tiene entre sus fines promover, coordinar

y desarrollar las actividades asistenciales y de investigación en los ámbitos

de los trasplantes y de la medicina regenerativa, de acuerdo con la

legislación vigente y los convenios internacionales en materia de biomedicina

en los que España sea parte.

Para coadyuvar al cumplimiento de estos fines el organismo promoverá

la creación, previo acuerdo del Consejo de Ministros, de un Centro de

Investigación que se constituirá como Fundación del Sector Público Estatal.

3. Que es interés de las dos instituciones que representan cooperar

en la investigación en el ámbito de la Medicina Regenerativa y muy

especialmente en el de las células troncales embrionarias humanas y sus líneas

celulares.

4. Que en Cataluña existen Bancos de Preembriones Humanos

Congelados acreditados por el Departamento de Sanidad y Seguridad Social,

y equipos de investigadores en biología del desarrollo y en células troncales

adultas que contribuirán de un modo relevante a la viabilidad científica

del proyecto.

5. Que es voluntad de ambas partes constituir un Centro de

Investigación en Medicina Regenerativa ubicado en Barcelona, que forme parte

integrante de la Fundación para la Investigación del Centro Nacional de

Trasplantes y Medicina Regenerativa, cuya creación se promoverá.

Es por ello que:

ACUERDAN

1. Impulsar la constitución del Centro de Investigación en Medicina

Regenerativa de Barcelona como nodo de investigación del Centro Nacional

de Trasplantes y Medicina Regenerativa, que quedará supeditado a la

creación de la Fundación para la Investigación del Centro de Trasplantes y

Medicina Regenerativa, prevista en el Real Decreto 176/2004, de 30 de

enero.

2. Sin perjuicio de la participación que pueda corresponder en los

órganos de gobierno del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina

Regenerativa que se establecen en el Real Decreto 176/2004, las partes

favorecerán los mecanismos de participación y gestión que resulten adecuados

para el Centro de nueva creación.

3. Las Administraciones que firman este convenio se comprometen

a la cofinanciación de la inversión en equipamiento, así como de los gastos

de funcionamiento, en las proporciones y cantidades que se establezcan

en su momento, partiendo, como documento base, de la propuesta recogida

en el documento "Anteproyecto del Centro de Investigación en Medicina

Regenerativa de Barcelona".

El presente convenio Marco, por sí solo, no comporta obligación

económica alguna para las partes. Los compromisos de financiación habrán

de ser determinados y sólo podrán ser materializados a través de convenios

específicos de desarrollo.

4. El Centro de Investigación en Medicina Regenerativa en Barcelona

se ubicará en el Parc de Reçerca Biomédica de Barcelona (PRBB)

5. El presente Convenio Marco entrará en vigor el día siguiente de

su firma y tendrá vigencia hasta 31 de Diciembre de 2004, sin perjuicio

de su prórroga por voluntad de ambas partes.

6. Para impulsar la cooperación prevista en el presente convenio y

resolver las dudas que pueda ofrecer su cumplimiento, las partes

constituirán una comisión paritaria mixta, que, entre otras funciones, estudiará

y propondrá la celebración de los convenios específicos en los que se

contendrán las concretas actuaciones a desarrollar y el régimen de

financiación.

7. El presente convenio marco tiene naturaleza administrativa de la

prevista en el artículo 6 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y las

cuestiones litigiosas que se puedan suscitar serán resueltas por la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Y como prueba de conformidad, las partes firman por triplicado en

el lugar y fechas indicadas en el encabezamiento. Firmado.-La Ministra

de Sanidad y Consumo, Ana Pastor Julián.-Director del Centro Nacional

de Trasplantes, Rafael Matesanz Acedos.-Consellera de Sanitat i Seguretat

Social de la Generalitat de Catalunya, Marina Geli i Fràbrega.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 98 del Jueves 22 de Abril de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Sanidad Y Consumo.

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