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Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, para
la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención
a la primera infancia (cero-tres años), y en cumplimiento de lo dispuesto
en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del
Estado" del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 19 de febrero de 2004..-El Secretario General Técnico, Javier
Cepeda Morrás.
ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la
realización de Programas para el Desarrollo de Servicios de Atención a
la Primera Infancia. (Cero-tres años)
En Madrid, a 2 de diciembre de 2003.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Señor Don Eduardo Zaplana Hernández-Soro
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto
674/2002, de 9 de julio (Boletín Oficial del Estado número 164, de 10
de julio), en nombre y representación de la Administración General del
Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia
para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
Y de otra parte, la Honorable Señora Doña M.a Rosa Puig Oliver,
Consejera de Presidencia y Deportes de acuerdo con el Decreto 7/2003 de
30 de junio del Presidente de les Illes Balears, por el que se nombran
miembros del Gobierno de les Illes Balears, publicada en el Boletín Oficial
de les Illes Balears, número 93 de 1 de julio de 2003, en nombre y
representación de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, de acuerdo
con la delegación conferida por Decreto 6/2002, de 11 de octubre, del
Presidente de les Illes Balears, por el que se delega en los titulares de
las consejerías la firma de los convenios y acuerdos de cooperación y
colaboración con el Estado, las comunidades autónomas o con otras
administraciones territoriales, previamente autorizados por el Consejo de
Gobierno por razón de su cuantía (B.O.I.B. n.o 124 de 15 de octubre de 2002).
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y
convenir, y
MANIFIESTAN
Primero.-Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración
entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma
de les Illes Balears.
Segundo.-Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente
programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia
(cero-tres años).
Tercero.-Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le
corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con
lo previsto en los Reales Decretos 758/1996 de 5 de mayo, 839/1996 de 10
de mayo, 1888/1996 de 2 de agosto y 140/1997 de 31 de enero.
Cuarto.-Que la Comunidad Autónoma de les Illes Balears ostenta
competencias en materia de Asistencia y Beneficencia Sociales, de acuerdo
con el artículo 10.12 de su Estatuto (Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero)
y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero, 853/1984,
de 22 de febrero y 2734/1986, de 19 de diciembre.
Quinto.-Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del
apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General
Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de
diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, es
procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.
Sexto.-Que la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 2003 (B.O.E. del día 31), incluye dos créditos adscritos
al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para favorecer la conciliación
entre la vida familiar y laboral a través de la atención a la primera infancia,
mediante transferencias a las Comunidades Autónomas: la aplicación
19.04.313O.454.00 con una dotación de 21.793.830 euros, y la aplicación
19.04.313O.752, con una dotación de 7.000.000 euros.
Séptimo.-Que la Comunidad Autónoma de les Illes Balears garantiza
la existencia de dotación presupuestaria para similares fines.
Octavo.-Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar
y/o mejorar los servicios existentes de atención a la primera infancia (0-3
años).
Noveno.-Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los
criterios objetivos de distribución de los créditos acordados con las
Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales,
aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 11 de abril de 2003
(B.O.E. de 14 de mayo de 2003).
Décimo.-Que la Comunidad Autónoma de les Illes Balears tiene
previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en
el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria,
y que se regirá con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la
colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad
Autónoma de les Illes Balears, para el desarrollo de los Programas
destinados a crear y/o mejorar los servicios de atención a la primera infancia
(0-3 años) que se especifican en el anexo de este Convenio.
Segunda.-La Comunidad Autónoma pondrá en marcha los programas
a que se hace referencia en el apartado anterior.
Tercera.-Para sufragar los costes de los mencionados programas, la
Comunidad Autónoma de les Illes Balears, se compromete a aportar la
cantidad total de un millón quinientos setenta y siete mil cuatrocientos
cincuenta y un euros con sesenta y dos céntimos (1.577.451,62 euros), como
participación en los gastos corrientes que ocasionen la financiación de
los programas. Esta cantidad a que se obliga la Comunidad Autónoma
puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma
y/o las Corporaciones Locales, estas últimas según los acuerdos con la
Comunidad de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de
este Convenio.
Así mismo, asegura que se aportará la cantidad de cuatrocientos
diecisiete mil setecientos setenta y un euros con ochenta céntimos (417.771,80
euros) para sufragar los gastos de inversión del Centro de Educación
Infantil que va a poner en marcha la Agrupación de Empresas ASIMA. De
la mencionada cantidad, la Comunidad Autónoma aportará 182.228,20
euros con cargo a sus presupuestos y la citada Agrupación de Empresas
235.543,60 euros, de conformidad con el compromiso formal adquirido
con la Comunidad Autónoma.
Cuarta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su
dotación presupuestaria 19.04.313O.454.00 para el ejercicio de 2003, aporta
la cantidad de cuatrocientos cincuenta y tres mil seiscientos setenta y
nueve euros con sesenta y dos céntimos (453.679,62 euros) como participación
en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que
se contiene en el anexo de este Convenio. Así mismo, con cargo a su
dotación presupuestaria 19.04.313O.752 para el ejercicio de 2003, aporta
la cantidad de ciento ochenta y dos mil doscientos veintiocho euros con
veinte céntimos (182.228,20 euros) como participación en la financiación
de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en
el anexo de este Convenio.
Quinta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a
transferir a la Comunidad Autónoma de les Illes Balears la cantidad prevista
en la cláusula cuarta de este Convenio o la que reste por transferir en
ese momento hasta dicha cantidad, si se hubiese efectuado la transferencia
de alguna cantidad al amparo de lo previsto en el último párrafo del
Acuerdo del Consejo de Ministros del día 11 de abril de 2003 (B.O.E. de 14
de mayo de 2003).
Sexta.-La Comunidad Autónoma deberá:
A. Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a
los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas
que se especifican en este Convenio de Colaboración.
B. Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en
el programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
la información que recabe en relación con el presente Convenio.
C. Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos
técnicos sobre los servicios financiados.
D. Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado
comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, de acuerdo
con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 153 del Texto Refundido
de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/88, de 23
de septiembre).
E. Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el
desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como
a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar
conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación
expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.
La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada
y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las
circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice
el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.
Séptima.-La Comunidad Autónoma de les Illes Balears elaborará, al
finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y técnica de
cada proyecto que entregará en los 6 meses siguientes y que al menos
recoja:
Fecha de puesta en marcha.
Información económica.
Actividades realizadas.
Recursos utilizados.
Sectores atendidos.
Resultados obtenidos.
Datos estadísticos.
Dificultades y propuestas.
Valoración del programa.
En el supuesto de que la Comunidad Autónoma de les Illes Balears
no presente la citada memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento
que se regula en la cláusula siguiente.
Octava.-Para el seguimiento del presente Convenio se creará una
Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el
cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver
las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar
asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos
técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación
de los proyectos.
Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las comunidades
autónomas firmantes de los Convenios.
El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será
designado por la Directora General de Acción Social, del Menor y de la
Familia, y el representante de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears
por la Directora Gerente del Instituto Balear de Asuntos Sociales.
Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992 de 26
de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por
el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario
de la Dirección General de Acción Social, del Menor y de la Familia
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora
General.
Novena.-En la publicidad que se realice en cualquier medio de
comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se
hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la
cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales.
Décima.-Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año
desde la fecha de su firma.
Undécima.-El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de
incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos
en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se
hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se
hubieran destinado al/los programa/s previstos en él.
Duodécima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del
presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la
jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado
ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha
arriba indicados.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden
Comunicada de 14 de abril de 2003), la Secretaria General de Asuntos
Sociales, Lucía Figar de Lacalle.-La Consellera de Presidencia y Deportes
(en nombre y representación, por delegación, de la Comunidad Autónoma),
María Rosa Puig Oliver.
ANEXO
Aportación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,
Corporaciones Locales y Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para el
desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. Año 2003
Euros
1. Aplicación presupuestaria 19.04.313O.454.00
1.A) Servicios de titularidad de Corporaciones Locales
1) Adecuación a la LOGSE de la Escuela Infantil Municipal
"Ca ses Monges", de Bunyola.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 70.758,82
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.253,14
Euros
2) Creación de la Escuela Infantil Municipal de
Puigpunyet.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 36.550,10
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.672,65
3) Creación de la Escuela Infantil Municipal de Ibiza.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 151.514,08
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.630,92
4) Continuidad del Centro de Educación Infantil (1.er
ciclo) de Algaida, financiado en 2002.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 33.595,70
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.536,01
5) Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela
Infantil "Bendinat" de Calviá, financiada en 2001
y 2002.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 20.771,57
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.228,43
6) Continuidad de los Espacios Familiares creados en el
Centro de Educación Infantil "Es Mussol" de Ciutadella
de Menorca, financiados en 2001 y 2002.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 6.020,24
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.000,00
7) Continuidad de la Escuela Infantil "Huialfas" de Sa
Pobla, financiado de 1991 a 2002 ambos inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 62.145,37
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.059,63
8) Continuidad de la ampliación de atención a grupo de
edad de 0-3 años en la Escuela Infantil "Ciutat Antiga"
de Palma de Mallorca, financiada de 1993 a 2002 ambos
inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 126.800,12
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.954,28
9) Continuidad de la ampliación de atención a grupo de
edad de 0-3 años en la Escuela Infantil "Santa Catalina"
de Palma de Mallorca, financiado de 1994 a 2002 ambos
inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 79.192,45
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.965,58
10) Continuidad de la Escuela Infantil (y su ampliación
de plazas) de Esporles (Mallorca), financiada de 1993
a 2002 ambos inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 161.419,66
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.912,89
11) Continuidad de la Ludoteca y Escuela de Padres de
Esporles (Mallorca), financiada de 1996 a 2002 ambos
inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 4.550,00
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.550,00
12) Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela
Infantil "Palmanova" de Calviá, financiada de 2000 a
2002, ambos inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 23.107,89
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.962,11
13) Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela
Infantil "Santa Ponça" de Calviá, financiada de 2000
a 2002, ambos inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 10.517,72
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.517,70
14) Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela
Infantil "Son Ferrer" de Calviá, financiada de 2000 a
2002, ambos inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 30.265,37
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.955,62
Euros
15) Continuidad de la ampliación de plazas en la Escuela
Infantil "Son Roca" de Palma de Mallorca, financiada
de 2000 a 2002, ambos inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 78.490,10
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.490,85
16) Continuidad de la ampliación de atención a grupo de
edad en la Escuela Infantil "S'Arenal" de Palma de
Mallorca, financiada de 2000 a 2002, ambos inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 134.195,70
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.090,69
17) Continuidad de la Escoleta Infantil "Santa Eugènia" de
Santa Eugènia, financiada de 2000 a 2002, ambos
inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 13.397,00
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.395,00
18) Continuidad de la Escuela Infantil "Santa María del
Camí" de Santa María del Camí, financiada de 2000
a 2002, ambos inclusive.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 99.226,84
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.198,16
1.B) "Guarderías Infantiles Laborales" de titularidad de
Corporaciones Locales o entidades sin ánimo de lucro
1) Colegio "San Salvador" de Arta (Mallorca), financiado
de 1999 a 2002.
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.673,98
2) Colegio "Ntra. Sra. de la Consolación" de Campanet
(Mallorca), financiado de 2000 a 2002.
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.643,02
3) Centro de Educación Infantil "Es Poriol" de Ciutadella
de Menorca, financiado de 1999 a 2002.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.240,00
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.181,95
4) Centro de Educación Infantil "Xipell" de Ciutadella de
Menorca, financiado de 1999 a 2002.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 84.008,41
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.049,24
5) Centro de Educación Infantil Municipal "Es Mussol"
de Ciutadella de Menorca, financiado de 1999 a 2002.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.925,00
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.290,97
6) Escuela Infantil "Es Fabiol" de Ciutadella de Menorca,
financiada de 1999 a 2002.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 68.965,00
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.000,76
7) Escuela Infantil Laboral "Joguina" de Ciutadella de
Menorca, financiada de 1999 a 2002.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42.230,00
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.746,58
8) Centro de Educación Infantil Municipal "Toninaina" de
Inca (Mallorca), financiada de 1999 a 2002.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.934,61
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.664,23
9) Centro de Educación Infantil "Sant Alfons" de Felanitx.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.000,00
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.473,17
10) Escuela Infantil Municipal "Nins i nines" de Manacor
(Mallorca), financiada de 1999 a 2001.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56.068,75
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.761,20
Euros
11) Centro de Educación Infantil "Es pasarells" de Maó
(Menorca), financiado de 2000 a 2002.
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.722,32
12) Centro de Educación Infantil "Sant Josep" de Maó
(Menorca), financiado de 1999 a 2002.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.754,10
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.458,20
13) Centro Infantil "Es Busquerets" de Maó (Menorca),
financiado en 1999, 2001 y 2002.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.088,02
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.853,63
14) Escuela de Educación Infantil "Son Oliva" de Palma
(Mallorca), financiada de 2000 a 2002.
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.876,60
15) Centro de Educación Infantil rural "Es Fiets"" de Es
Mercadal.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.950,00
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.028,43
16) Centro de Educación Infantil "Fort de L'Eau" de Maó
(Menorca), financiado en 1999 y 2002.
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.500,00
17) Centro de Educación Infantil Municipal "Sant Climent"
de Maó (Menorca), financiado en 1999, 2000 y 2002.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.769,00
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.381,68
Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones
Locales (gastos corrientes) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.577.451,62
Total aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales (transferencias corrientes) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 453.679,62
2. Aplicación presupuestaria 19.04.313O.752
2.B) Servicios de titularidad de empresas o agrupaciones
de empresas
1) Creación de un Centro de Educación Infantil para 95
menores de 3 años agrupados en 7 módulos, en el
Polígono Son Castelló (Palma de Mallorca), de titularidad
de la Agrupación de Empresas ASIMA.
Aportación ASIMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 235.543,60
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 182.228,20
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 182.228,20
Total aportación Comunidad Autónoma y agrupación
de empresas (gastos de inversión) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 417.771,80
Total aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales (transferencias de capital) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 182.228,20
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 71 del Martes 23 de Marzo de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.