RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2003, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos.

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio,

(BOE de 31 de julio), y con el fin de atender las necesidades

de personal funcionario de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas por el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

Diciembre, de Universidades, en relación con el art. 2.2.e) de la misma

norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda

convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de

Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad

Nacional de Educación a Distancia, con sujeción a las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de

la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de

esta Universidad, grupo A, por el sistema de promoción interna.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988 de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril),

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de

los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado;

el Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio, por el que se aprueban

los Estatutos de la Universidad, y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

1.3 El procedimiento de selección constará de una fase de

oposición y una fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones

y valoraciones que se especifican en la Base 6.

1.4 El programa que ha de regir la fase de oposición es el

que figura en el anexo I de esta convocatoria.

1.5 El primer ejercicio de la oposición se celebrará a partir

del mes de enero de 2004, determinándose en la Resolución a

que se refiere la base 4.1 los lugares y fecha de su realización.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes

deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado,

Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo

en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

b) Estar en activo ocupando en propiedad un puesto en la

Universidad Nacional de Educación a Distancia y tener una

antigüedad de al menos dos años, en un Cuerpo o Escala de Ayudante

de Archivos, Bibliotecas y Museos y reunir los demás requisitos.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en

alguno de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados, serán

computables a efectos de antigüedad para participar por promoción

interna en estas pruebas selectivas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán

poseerse en el último día del plazo de presentación de solicitudes

y mantenerse hasta el momento de toma de posesión como

funcionario de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos,

Bibliotecas y Museos de la UNED.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que se

facilitará en las unidades de Información de la Universidad

Nacional de Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo número

38, Pabellón de Gobierno (Ciudad Universitaria s/n) y en la calle

Senda del Rey n.o 7 (Puente de los Franceses).

3.2 Los aspirantes acompañarán a su solicitud una fotocopia

del documento nacional de identidad.

3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes

tendrán en cuenta lo siguiente:

a) Las solicitudes se dirigirán a la Excma. y Magfca. Sra.

Rectora de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el

plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta

convocatoria.

b) La presentación de solicitudes podrá realizarse en el

Registro General de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

c) Los derechos de examen serán de 12 euros.

Los derechos de examen se ingresarán en la cuenta de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia número

0049-0001-54-2211438387, del Banco Santander Central

Hispano, realizando el ingreso en concepto de "Pruebas selectivas

para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas

y Museos de la UNED". A la solicitud de participación deberá

adjuntarse el resguardo original de transferencia o ingreso, o

cuando se haya realizado el pago por otro medio (banca electrónica,

internet...) certificado de la entidad bancaria que justifique la

operación realizada.

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud.

La no acreditación del pago de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

Ello no obstante, estarán exentos del pago de los derechos

de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 %,

adjuntando el certificado correspondiente a la solicitud.

3.4 Los aspirantes deberán observar las siguientes

instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

a) En el recuadro de la solicitud destinado a Cuerpo o Escala,

los aspirantes harán constar "Escala de Facultativos de Archivos,

Bibliotecas y Museos de la UNED".

b) En el recuadro destinado para forma de acceso se

consignará la letra "P", sistema de promoción interna.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho

constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su

modificación mediante escrito motivado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, la

Excma. y Magfca. Sra. Rectora de la Universidad dictará Resolución

en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales

de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En

esta Resolución, que será publicada en el "Boletín Oficial del

Estado", junto con la relación de los aspirantes excluidos, figurará

la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio, así como los

Centros donde estará expuesta la lista certificada completa de

aspirantes admitidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" de la Resolución aludida en la base

4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión

o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los

aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho

a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente

excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que

no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además

que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de

admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la

misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante

la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad, en el plazo

de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o

recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en

el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su

publicación.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas

estará formado por los miembros que figuran en el anexo II de

estas bases. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2

del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones

por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera.

5.2 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen

pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración

en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo

aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado

personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará

bajo la dirección del Tribunal calificador.

5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la. Excma. y Magfca. Sra. Rectora de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurra

en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá

solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no

hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas

en el párrafo anterior.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la asistencia de éste y del Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.

Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima

de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase

de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones

que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Secretario

y Presidente (titular o suplente).

5.6 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas precisas

para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal de la Universidad

Nacional de Educación a Distancia (Bravo Murillo, 38, 28015

Madrid, teléfono 91 398 74 67 / 91 398 75 44).

5.8 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que ha superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.9 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá

las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así

como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo

momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.10 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal

que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión,

los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la

Excelentísima y Magnífica Señora Rectora de la Universidad Nacional

de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

6. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición

y de concurso.

6.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada

por tres ejercicios de carácter eliminatorio y un cuarto opcional

y de méritos.

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de tres

temas del programa recogidos en el anexo I de esta convocatoria,

uno de cada apartado, elegidos al azar por el tribunal, en presencia

de los opositores.

Para la realización del ejercicio los aspirantes dispondrán de

un tiempo máximo de tres horas, siendo leído posteriormente ante

el Tribunal en sesión pública convocada al efecto.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, por cada tema,

siendo necesario obtener 15 puntos en total para considerar

superado el ejercicio, sin que, en ningún caso la puntuación de cada

uno de los temas pueda ser inferior a cinco puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la elaboración por escrito de

un supuesto práctico a elegir por el opositor entre dos propuestos

por el tribunal.

Los supuestos serán casos concretos relacionados con el

programa incluido en el anexo I.

Los opositores dispondrán de un máximo de tres horas para

la realización de esta prueba. Podrán utilizar la documentación

que deseen traer consigo, así como los recursos disponibles en

el lugar que determine el tribunal.

El supuesto práctico será expuesto por el opositor en sesión

pública ante el tribunal quien podrá dialogar con el mismo sobre

extremos relacionados con su ejercicio durante un tiempo máximo

de quince minutos.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo

necesario para superarlo obtener un mínimo 5 puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la defensa oral y en presencia

del Tribunal, durante un máximo de treinta minutos, de una

Memoria en la que se desarrollará un proyecto de planificación de un

Archivo universitario en las siguientes áreas orientativas: medidas

de conservación documental, planes de organización y descripción

de fondos, adecuación de los edificios e instalaciones a las

necesidades de los archivos, directrices para un reglamento del Archivo

de la Universidad, evaluación archivística de los documentos en

soporte electrónico y planes de expurgo.

Dicha Memoria se habrá entregado al tribunal durante los diez

días siguientes a la publicación de las calificaciones del segundo

ejercicio.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo

necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

Cuarto ejercicio opcional y de méritos: Consistirá en la

traducción con ayuda de diccionario de un texto profesional en inglés

o francés, mínimo 700 palabras, que proporcionará el tribunal.

La duración de este ejercicio será de dos horas.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para

superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

6.2 Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán

los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de

oposición, referidos a la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de

conformidad con el siguiente baremo:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos

o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, se valorará hasta un máximo de seis puntos,

teniendo en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta

la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias,

siempre que se trate de servicios no prestados simultáneamente

con otros igualmente alegados, asignándose a cada año completo

de servicios efectivos una puntuación de 0,30 puntos, hasta el

límite máximo expuesto.

b) Grado personal consolidado: Se valorará el que los

aspirantes tengan consolidado a la fecha en que finalice el plazo de

presentación de solicitudes. Se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 21: 1,5 puntos, y por cada unidad de grado

que exceda de 21: 0,25 puntos más, hasta un máximo de 2,5

puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo, que se ocupe el

día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente

puntuación por año trabajado hasta la fecha de publicación de

la convocatoria:

Nivel 21: 3,5 puntos y por cada unidad de nivel que exceda

de 21: 0,50 puntos más, hasta un máximo de 5,5 puntos

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia

de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo B.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del

puesto reservado y a los funcionarios en situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto

de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.

d) Titulación académica: Se valorará la posesión de una

titulación académica superior a la exigida para ingreso en Cuerpos

o Escalas del grupo A del artículo 25 de la Ley 30/1984, de

2 de agosto. Se asignará dos puntos a los candidatos que tengan

el título de Doctor.

e) Formación: Los cursos de formación o perfeccionamiento

que versen sobre materias directamente relacionadas con los

cometidos propios de los Cuerpos o Escalas desde los que se accede

o de la Escala a la que se pretende acceder, se acreditarán mediante

presentación de fotocopia debidamente cotejada de la

certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha

acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED

dentro de los Planes de Formación del P.A.S. Se valorarán a razón

de 0,5 punto por curso hasta un máximo de 4,5 puntos.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición

7.1 Los ejercicios de la fase de oposición de estas pruebas

selectivas se celebrarán en Madrid.

7.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

a partir del mes de enero de 2004, publicándose en el "Boletín

Oficial del Estado" en la misma Resolución a que se refiere la

base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración.

El anuncio de celebración de los demás ejercicios, no será

objeto de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y se efectuará

a través de Resoluciones del Tribunal Calificador en las que se

harán públicas las relaciones de aprobados de los correspondientes

ejercicios.

7.3 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "X" de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial

del Estado" del 14 de marzo).

7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

7.5 Los aspirantes serán convocados para la realización de

cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase

de oposición quienes no comparezcan.

7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la

presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá

su exclusión a la Excelentísima y Magnífica Señora Rectora, dando

traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas

por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas

a los efectos procedentes.

7.7 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de

las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios,

adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.

8. Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase

de concurso

8.1 Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase

oposición, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de

celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos otros que

estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación

correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos,

siendo eliminados del proceso selectivo.

8.2 Publicada la relación de aprobados en el último ejercicio

de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado

dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales,

a contar desde el siguiente en que se haga pública dicha relación,

para presentar en el Registro General de la Universidad los

documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2.

La documentación acreditativa de los méritos deberá

presentarse precedida de la carátula que se publica como Anexo III a

esta convocatoria, que servirá como identificativo de la

documentación que cada aspirante entregue.

Los méritos incluidos en las letras a), b) y c) de la base 6.2.

se acreditarán con certificación expedida por la Sección de

Personal en el modelo que figura como Anexo IV. Los méritos incluidos

en las letras d) y e) de la misma base serán acreditados mediante

la aportación por los aspirantes de copia cotejada de los

documentos que estén oficialmente establecidos a tal fin.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos

acreditativos de los méritos determinará la no valoración al

aspirante de la fase de concurso.

8.3 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública,

en la sede del Tribunal (Bravo Murillo, 38, 28015, Madrid), la

relación de puntuaciones obtenidas en cada fase por los aspirantes,

con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno

de los méritos objeto de la valoración. En caso de empate, se

resolverá a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en

el mérito que aparece relacionado en primer lugar, y así

sucesivamente con los siguientes méritos. Si persistiera la igualdad,

se resolverá a favor de quien más puntuación hubiera obtenido

en el segundo ejercicio de la fase de oposición. Finalmente, y

de resultar necesario, el Tribunal efectuará un sorteo entre los

aspirantes igualados.

8.4 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará público el

nombre del aspirante que ha superado el proceso selectivo de acceso

a la plaza convocada. En esta Resolución no podrá figurar un

número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo

nula de pleno derecho cualquier relación de aprobados cuyo

número supere al de plazas convocadas. La motivación de dicha

Resolución, en cuanto acto administrativo emanado de la

discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo,

estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y

de las bases de la convocatoria.

8.5 El Tribunal elevará, finalmente, a la Excelentísima y

Magnífica Señora Rectora, la correspondiente propuesta de

nombramiento como funcionario de carrera de la Escala de Facultativos

de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, a favor del aspirante

que ha superado el proceso selectivo. El Rectorado hará público

en el "Boletín Oficial del Estado" el nombre del aspirante que

ha superado el proceso selectivo.

9. Presentación de documentos, elección de plazas

y nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 En el plazo de veinte días naturales, contados desde el

siguiente a la publicación del nombre del aprobado en el proceso

selectivo, el aspirante deberá presentar en el Servicio de Personal

de la UNED aquellos documentos que acrediten las condiciones

y requisitos exigidos para el acceso a la Escala de Facultativos

de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Nacional de

Educación a Distancia, a excepción de aquellos que obren ya en

poder del citado Servicio, como consecuencia de la aportación

realizada para su anterior nombramiento como funcionario de

carrera. Estos documentos deberán ser aportados mediante copia

cotejada o, en caso contrario, acompañada de los originales para

su comprobación y posterior cotejo. Asimismo y dentro del citado

plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada, la

declaración jurada que figura como Anexo V a esta convocatoria.

9.2 Quien dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza

mayor, no presentase la documentación, o si del examen de la

misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos que

se indican en la base 2, no podrá ser nombrado funcionario de

carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y

Museos de la UNED, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

9.3 Por la autoridad convocante se procederá al

nombramiento de funcionario de carrera de la Escala de Facultativos de

Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED mediante Resolución que

será publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

9.4 La toma de posesión del aspirante aprobado será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación

de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

10. Normas finales

10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las

presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta

convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio

de las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla

facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo

no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos

necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

10.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición,

ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad, en

el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación

o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,

en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su

publicación.

Madrid, 5 de noviembre de 2003.-La Rectora, Araceli Maciá

Antón.

ANEXO I

Programa

I. Técnicas documentales en Archivos

1. Concepto de Archivo y de Archivística. Principios

fundamentales.

2. Tipos de archivos. Concepto y funciones. Las redes de

archivos.

3. Documento de archivo y su organización. Documentación

de apoyo informativo: analogías y diferencias.

4. Clasificación de documentos. Concepto, objetivos y

sistemas. Los cuadros de clasificación: principios, características y

estructura.

5. La ordenación de documentos. Criterios y tipos. Instalación

de la documentación en el depósito de archivo.

6. Identificación y valoración de la documentación

universitaria. Principios, procesos y métodos. Los calendarios de

conservación y eliminación de documentos.

7. La descripción archivística I. Instrumentos de control,

relaciones de entrega, registros de entrada y salida, registros de

préstamo, inventario general e inventario topográfico.

8. La descripción archivística II. Instrumentos de información:

guías, cuadro de clasificación, catálogos, índices.

9. Terminología y normalización. Normalización en la

descripción archivística.

10. Los soportes de los documentos: Tipos de soporte, su

incidencia en la validación de los actos administrativos, su

importancia en la perdurabilidad de los documentos de archivo y su

utilización en la diferentes fases de archivo.

11. Informática y Archivos. Sistemas de gestión integrada de

documentos y archivos. La informática aplicada a la descripción.

12. Las bases de datos. Recuperación textual de los

documentos.

13. La digitalización de documentos de archivo. Nuevas

tecnologías de almacenamiento y conservación.

14. Las posibilidades de acceso a la información a través de

Internet y la creación de páginas web en los archivos.

15. El documento electrónico: concepto y características.

Problemática y estrategias para su tratamiento archivístico.

Estándares de conservación.

16. El expurgo: Selección y eliminación de documentos.

Criterios y procedimientos.

17. Causas fisicoquímicas, biológicas y ambientales de la

alteración del documento en soportes de papel y pergamino.

Detección.

18. La restauración documental. Principios fundamentales.

Técnicas y procesos de restauración de documentos en soporte

papel y pergamino.

19. Repertorios bibliográficos, manuales y revistas de

archivística y ciencias auxiliares.

II. Organización y gestión de Archivos

1. El edificio del archivo universitario. Programa

arquitectónico y planificación general en relación con las diferentes fases:

emplazamiento, construcción, equipamiento.

2. Instalaciones del archivo. Área de depósitos: Instalaciones

y mobiliario. Medidas de seguridad, prevención y corrección de

agentes degradantes ambientales. Área de trabajo y zonas de

atención al público.

3. Planificación archivística. Concepto y necesidad de una

planificación. Planes generales y sectoriales: Por clases de archivos

y por tipos de actuaciones.

4. Situación actual de los archivos universitarios en España.

La coordinación universitaria en la gestión de archivos.

5. El sistema español de archivos. Composición,

coordinación, cooperación y funcionamiento.

6. La dimensión internacional de los archivos. Organismos

nacionales e internacionales de archivos. La cooperación

universitaria.

7. El registro y el control de los documentos. La organización

del registro de documentos y el procedimiento administrativo.

8. El proceso documental en los archivos universitarios.

Transferencias y criterios de organización. Instrumentos de

control. Los ingresos extraordinarios de documentos.

9. La planificación y la gestión de los recursos económicos,

técnicos y humanos en los archivos.

10. La consulta de documentos en la diferentes fases de

archivo. Servicio a la administración. Servicio al ciudadano. Servicio

a instituciones. Procedimientos y control.

11. La reprografía al servicio de los archivos. Diferentes

modos y aplicaciones más convenientes en los diferentes casos.

Sistemas combinados con informática. Operaciones archivísticas

relacionadas con la reprografía.

12. Las Administraciones públicas y la calidad en los

procesos. La gestión de la calidad en un archivo universitario:

objetivos, valoración y mejora de los servicios. La aplicación de las

normas de calidad.

13. El archivo de oficina: Definición, composición,

organización. Descripción documental y recuperación de la información.

Instrumentos de control e información.

14. El Archivo Central Administrativo: Definición,

composición, organización. Descripción documental y recuperación de la

información. Instrumentos de control e información.

15. Función social, cultural y pedagógica de los archivos.

Servicios y actividades para su desarrollo.

16. Sistemas archivísticos de otros países. El sistema

archivístico de la Unión Europea.

17. Historia de los archivos. Origen, formación y funciones

de los archivos universitarios.

18. Los Archivos de ámbito estatal I. El Archivo Histórico

Nacional.

19. Los Archivos de ámbito estatal II. El Archivo General de

Simancas.

20. Los Archivos de ámbito estatal III. El Archivo General

de Indias.

21. Los Archivos de ámbito estatal III. El Archivo General

de la Administración y los grandes Archivos intermedios.

22. Los Archivos de ámbito estatal IV. El Archivo General

de la Guerra Civil española. El Archivo de la Corona de Aragón.

23. Los Archivos de ámbito estatal V. El Archivo de la Real

Chancillería de Valladolid. El Archivo de la Real Chancillería de

Granada. Los Archivos históricos provinciales.

III. Marco jurídico-legal

1. La Ley 30/1992 de Régimen jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común,

actualizada conforme a las modificaciones introducidas por la Ley

4/1999 y su desarrollo normativo. Su incidencia en los Archivos.

2. La Ley 16/1985 de 25 de junio de Patrimonio Histórico

Español y la normativa posterior. El patrimonio documental:

incidencias y relación con los archivos y el patrimonio documental

de las Universidades.

3. Legislación española sobre patrimonio artístico,

bibliográfico y documental. La Ley de propiedad intelectual.

4. Las competencias del Estado en materia de cultura.

Estructura organizativa y competencias en materia de archivos en la

Administración General del Estado, en las Comunidades

Autónomas y en la Administración Local.

5. El Derecho Administrativo. Concepto. Características.

Fuentes de Derecho Administrativo: Leyes orgánicas y ordinarias.

Disposiciones normativas con fuerza de ley. El Reglamento.

6. Los contratos administrativos. Concepto y clases. Extinción

de los contratos. Acomodación de la Ley de Contratación del

Estado a la Legislación universitaria.

7. El personal funcionario al servicio de las administraciones

públicas. Concepto y clases. Situaciones administrativas.

Derechos y deberes.

8. El personal laboral al servicio de las Administraciones

públicas. Régimen jurídico. Derechos y deberes.

9. Las Universidades. Concepto. La ley Orgánica 6/2001, de

21 de diciembre, de Universidades.

10. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los

órganos de gobierno: Consejo social, Claustro Universitario,

Consejo de Gobierno.

11. Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a

Distancia. Naturaleza, fines, estructura y organización.

12. El documento en la legislación informática. Los

documentos electrónico, informático y telemático. La protección de los

datos de carácter personal. La firma electrónica.

13. Acciones y directrices de la Unión Europea en materia

de archivos y del patrimonio documental.

14. El sistema español de investigación científica y desarrollo

tecnológico. La Ley de la Ciencia y el plan de I+D.

15. La protección de datos y su implicación en las

Universidades. Aspectos jurídicos del suministro de información

informatizada.

16. El derecho de acceso a la documentación pública.

Panorama internacional. Evolución del marco legislativo y situación

actual.

ANEXO II

Tribunal

Titulares:

Presidente: D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala Técnica

de Gestión de la UNED.

Vocales:

D.a Isabel Belmonte Martínez, Cuerpo Facultativo de

Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos del Estado.

D. Carlos Flores Varela, Cuerpo Facultativo de Archiveros,

Bibliotecarios y Arqueólogos del Estado.

D. Joaquín Borrás Gómez, Escala Facultativa de Archivos y

Bibliotecas de la Universidad de Pompeu Fabra.

Secretaria: D.a Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala Técnicos

de Gestión de la UNED.

Suplentes:

Presidenta: D.a M.a Teresa Mendiguchía González, Cuerpo

Superior de Administradores del Estado.

Vocales:

D.a Ángeles Moreno López, Escala de Facultativos de Archivos,

Bibliotecas y Museos de la Universidad de Valladolid.

D. Luis Miguel Gutiérrez Torrecilla, Escala de Facultativos de

Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Alcalá de

Henares de Madrid.

D.a M.a Raquel Benito Alonso, Escala de Facultativos de

Archivos y Bibliotecas de la Universidad Complutense de Madrid.

Secretaria: D.a M.a Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala

Técnicos de Gestión de la UNED.

ANEXO III

D./D.a ............................................................................,

aspirante a la plaza de Escala de Facultativos de Archivos,

Bibliotecas y Museos de la Universidad Nacional de Educación a

Dis

tancia, habiendo superado la fase de oposición de las pruebas

selectivas y de conformidad con la base 6.2, presenta la siguiente

documentación acreditativa de los méritos que serán objeto de

valoración por el Tribunal calificador en la fase de concurso:

= Certificación acreditativa de los méritos enumerados en las

letras a), b) y c), según modelo Anexo IV.

= Documentación acreditativa de los méritos enumerados en

la letra d), que a continuación se detalla:

CURSOS

= .............................................................

= .............................................................

= .............................................................

= .............................................................

= .............................................................

En ................., a ........ de ................. de 2003

Fdo.:

Sr. Presidente del Tribunal calificador de las pruebas selectivas

para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos,

Bibliotecas y Museos de la Universidad Nacional de Educación a

Distancia.

ANEXO V

Don .........................................................................., con

domicilio en ..........................................., y con documento

nacional de identidad número ....................., declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la

Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia de Madrid, que

no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de las funciones públicas.

En ................., a ........ de ................. de 2003

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 287 del Lunes 1 de Diciembre de 2003. Autoridades y personal, Universidades.

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