RESOLUCIÓN 153/2003, de 20 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, la Universidad de Santiago de Compostela y la Escuela Gallega de Administración Pública para la Organización de las I Jornadas Sociedad y Defensa.

Suscrito el 8 de octubre de 2003, Convenio entre el Ministerio de

Defensa, la Universidad de Santiago de Compostela y la Escuela Gallega de

Administración Pública, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado

dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de dicho acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 20 de noviembre de 2003.-El Subsecretario, Víctor Torre de

Silva y López de Letona.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, la Universidad

de Santiago de Compostela y la Escuela Gallega de Administración

Pública para la Organización de las I Jornadas Sociedad y Defensa

En Madrid, a 8 de octubre de dos mil tres

REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Jorge Hevia Sierra, Director General de

Relaciones Institucionales de la Defensa, en representación del Ministerio

de Defensa, por delegación expresa del Ministro de Defensa.

De otra, el Excmo. Sr. D. Senen Barro Ameneiro, Rector Magnífico

de la Universidad de Santiago de Compostela, en nombre y representación

de la citada Universidad.

De otra, el Ilmo. Sr. Prof. Dr. D. Domingo Bello Janeiro, Director de

la Escuela Gallega de Administración Pública.

MANIFIESTAN

I

Que la Universidad de Santiago de Compostela estima de especial valor

para el mundo académico realizar una actividad formativa dedicada al

estudio de las relaciones y respuesta de la sociedad y en particular del

mundo universitario ante la actuación que desempeñan en el marco

constitucional las Fuerzas Armadas y otros Organismos e Instituciones del

Estado, entendiendo que es necesario hacer llegar al máximo número de

ciudadanos, que en un futuro tendrán responsabilidades sociales, un mayor

conocimiento desapasionado y crítico del papel que éstas representan,

y su incidencia en una política Europea de Seguridad y Defensa Común,

extrayéndose de esta actividad -igualmente- conclusiones que pueden

resultar de interés para aquellos que ostentan responsabilidades en la materia.

II

Que el nuevo papel que vienen desempeñando los Ejércitos Europeos

interesa sea destacado en el ámbito universitario, adscribiéndose esta labor

divulgativa en el mundo universitario a la Facultad de Derecho de esta

Universidad. Así esta Facultad de Derecho cree necesario analizar cuales

son los nuevos cometidos a los que se enfrentan en nuestros días los

que están ya encargados de preservar la soberanía nacional, así como

su presencia en las organizaciones internacionales de seguridad y defensa.

Esas nuevas funciones, comprendidas bajo la idea genérica de las misiones

humanitarias, permiten a la ciudadanía ilusionarse con sus Ejércitos, en

la creencia de tener junto a ellos a unos buenos depositarios de sus valores

de solidaridad.

III

La Escuela Gallega de Administración Pública es una entidad de

derecho público con personalidad jurídica, que tiene entre sus fines la

investigación, documentación, estudio y realización de trabajos de divulgación

en materia de Administración pública. De la misma forma, figura entre

sus atribuciones el establecimiento de convenios y la realización, tanto

en el ámbito nacional como internacional, de intercambios con organismos

semejantes de las administraciones públicas y la suscripción de acuerdos

de colaboración con particulares, según los términos de la Resolución

dictada el 8 de abril de 1991, por la Consejería de Economía y Hacienda

de la Junta de Galicia (DOG n.o 82, del día 30 del citado mes y año).

IV

Con este Convenio entre ambas Instituciones se pretende cumplimentar

lo establecido en la O.M. n.o 228/2001 de 24 de octubre, que desarrolla

las funciones del Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE), en

el ámbito de la investigación y en el de fomento de la cultura de defensa.

De la misma forma, se potencia la cooperación con las Universidades,

para fomentar los estudios relacionados con cuestiones de defensa y

seguridad, según se encomienda al IEEE en el Real Decreto 1883/1996, de

2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa,

modificado por el Real Decreto 76/2000, de 21 de enero y el Real Decreto

64/2001, de 26 de enero.

V

Que, conscientes de la importancia que tiene la colaboración entre

el Ministerio de Defensa, la Universidad de Santiago de Compostela y

la Escuela Gallega de Administración Pública, para la realización y

cumplimiento de sus respectivas funciones, fines y coincidencia de objetivos,

expresan su voluntad de suscribir el presente Convenio de Colaboración,

con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la

colaboración entre el Ministerio de Defensa, la Universidad de Santiago de

Compostela y la Escuela Gallega de Administración Pública, para la realización

de las "I Jornadas sobre Sociedad y Defensa".

Segunda.-La Universidad de Santiago de Compostela, por medio de

la Facultad de Derecho, se compromete a organizar la realización de las

I Jornadas sobre "Sociedad y Defensa" y a entregar una memoria

económico-académica de las mismas, una vez finalizadas. El Director del citado

curso será el Prof. Dr. D. Roberto Blanco, Catedrático de Derecho

Constitucional de dicha Facultad, el Coordinador de la actividad será D. Luis

Fernando Vigier Glaría, y se celebrará en dicha Facultad durante dos días

(diez horas lectivas) del segundo semestre del año dos mil tres.

Tercera.-El Ministerio de Defensa se obliga a pagar para la realización

de las Jornadas objeto del presente Convenio, hasta un máximo de siete

mil doscientos doce (7.212) euros, IVA incluido. Este importe será abonado

a la Universidad de Santiago de Compostela, que se ocupará de la gestión

económica de las Jornadas, mediante transferencia bancaria.

Cuarta.-Por su parte la Escuela Gallega de Administración Pública

(EGAP) abonará la cantidad de mil quinientos (1500) euros con cargo

a la partida presupuestaria 04.50.122.a226.17, del vigente presupuesto de

gastos. El importe de la citada cantidad cubrirá, hasta el límite consignado,

los gastos de profesorado, dietas, programas, material didáctico y cualquier

otro relacionado con la referida actividad. Las factura para el abono de

los pagos deberán presentarse tras la realización de las actividades y antes

del 31 de octubre.

El pago de las citadas cantidades queda subordinado a que los

programas, carteles, composición del respectivo comité de comisión

organizadora, y los demás medios de difusión de las Jornadas sobre Sociedad

y Defensa, figuren claramente destacados el nombre y logotipo de la EGAP.

La Organización se compromete a una reserva mínima del 25% del

número de plazas ofertadas en la citada actividad formativa para el

personal al servicio de la Junta de Galicia, plazas que, de no cubrirse,

incrementarán el número de las no reservadas.

La expedición de certificados y diplomas, se realizará conjuntamente

por las instituciones firmantes.

Quinta.-Se constituye una comisión de seguimiento de este convenio

que adoptará sus acuerdos por unanimidad y que estará integrada por

un representante de cada una de las partes firmantes. Son funciones de

la comisión de seguimiento:

1. Velar por el cumplimiento del convenio.

2. Adoptar o proponer las medidas necesarias para garantizar el

ejercicio coordinado de las competencias de cada una de las partes.

3. Resolver los problemas de interpretación que puedan surgir.

4. En general, las que el artículo 6.3 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del

procedimiento administrativo le atribuyen al órgano de vigilancia y control.

Sexta.-Que la Universidad de Santiago de Compostela, será la

encargada de realizar la facturación y el cobro de las cantidades a abonar por

parte del Ministerio de Defensa y la realización de los pagos necesarios

que origine el desarrollo de este convenio.

Séptima.-Cualquier publicación (Actas de las Jornadas,

conferencias, trípticos informativos, carteles anunciadores o carpetas de

documentación, etc.) que se lleve a efectos con motivo de la actividad, objeto del

presente Convenio, tendrá que contar con la previa y expresa autorización

por escrito del IEEE y tendrá que contar con el acuerdo de las partes

en cuanto a contenido y presentación.

Octava.-Será causa de resolución del Convenio, el mutuo acuerdo, la

imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin o el incumplimiento grave

acreditado por alguna de las partes.

Novena.-El presente Convenio de Colaboración tiene naturaleza

administrativa y tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de

diciembre del presente año. Para la resolución de las dudas interpretativas

que plantee, se acudirá a los principios establecidos en el Real Decreto

Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido

de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y al resto del

ordenamiento jurídico administrativo.

Décima.-Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su

interpretación y cumplimiento, serán de conocimiento y competencia del orden

jurisdiccional de lo contencioso administrativo.

Y en prueba de conformidad de cuento antecede, los representantes

de las partes firman el presente Convenio en tres ejemplares originales,

igualmente válidos, extendidos en castellano y gallego, por duplicado y

a un solo efecto, y estampan en ellos los respectivos sellos, en lugar y

fecha ut supra.-Por el Ministerio de Defensa, el Director General de

Relaciones Institucionales de la Defensa, Jorge Hevia Sierra.-Por la Universidad

de Santiago de Compostela, el Rector, Senen Barro Ameneiro.-Por la

Escuela Gallega de Administración Pública, el Director, Domingo Bello Janeiro.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 283 del Miércoles 26 de Noviembre de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Defensa.

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