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Por Orden TAS/628/2003, de 17 de marzo (Boletín Oficial del Estado
de 21 de marzo de 2003), se establecían las bases reguladoras y se
convocaban ayudas y subvenciones para la realización de programas de
cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El artículo 10, número 2, párrafo 3.o, de esta Orden determinaba que
las solicitudes se resolverían en el plazo máximo de seis meses, contado
desde la fecha de publicación de la Orden de bases y de convocatoria.
Dado el importante volumen de solicitudes de subvenciones formuladas
y que la fecha límite de resolución es el 21 de septiembre de 2003, se
hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido
para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con
el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.
En su virtud, tengo a bien disponer:
Primero.-El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo
10, número 2, párrafo 3.o, de la Orden TAS/628/2003, de 17 de marzo
de 2003, queda ampliado en tres meses más a partir del 22 de marzo
de 2003, fecha en que tuvo lugar su entrada en vigor.
Segundo.-Mediante la presente Orden quedan notificadas todas las
entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por
la Ley 4/1999.
Tercero.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de agosto de 2003.
ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 208 del Sábado 30 de Agosto de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.