ORDEN TAS/2391/2003, de 28 de agosto, por la que se acuerda ampliar el plazo de resolución de la convocatoria de ayudas y subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, publicada por Orden TAS/628/2003, de 17 de marzo.

Por Orden TAS/628/2003, de 17 de marzo (Boletín Oficial del Estado

de 21 de marzo de 2003), se establecían las bases reguladoras y se

convocaban ayudas y subvenciones para la realización de programas de

cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El artículo 10, número 2, párrafo 3.o, de esta Orden determinaba que

las solicitudes se resolverían en el plazo máximo de seis meses, contado

desde la fecha de publicación de la Orden de bases y de convocatoria.

Dado el importante volumen de solicitudes de subvenciones formuladas

y que la fecha límite de resolución es el 21 de septiembre de 2003, se

hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido

para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con

el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.

En su virtud, tengo a bien disponer:

Primero.-El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo

10, número 2, párrafo 3.o, de la Orden TAS/628/2003, de 17 de marzo

de 2003, queda ampliado en tres meses más a partir del 22 de marzo

de 2003, fecha en que tuvo lugar su entrada en vigor.

Segundo.-Mediante la presente Orden quedan notificadas todas las

entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en

cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por

la Ley 4/1999.

Tercero.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 28 de agosto de 2003.

ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 208 del Sábado 30 de Agosto de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.

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