Corrección de errores de la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras.

Advertidos errores en el texto de la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" núm. 85, de 9 de abril de 2003, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:

En la página 13687, 1.a columna, 2.a línea, donde dice: "... en el artículo 2.1.a) de esta Orden" ; debe decir: "... en el artículo 2.a)".

En la página 13698, 1.a columna, artículo 63.1.a), 2.o párrafo, donde dice: "... con mención del apartado de páginas..." ; debe decir: "... con mención del número de páginas...".

En la página 13698, 2.a columna, artículo 64.a), 2.o párrafo, donde dice: "... con mención del apartado de páginas..." ; debe decir: "... con mención del número de páginas...".

En la página 13700, 1.a columna, artículo 71.1.a), donde dice: "... el apartado de plantas..." ; debe decir: "... el número de plantas...".

En la página 13702, 2.a columna, artículo 80.1.b), donde dice: "... 8.1 (Documentación disponible)..." ; debe decir: "... 8.1 (Documentación necesaria)...".

En la página 13702, 2.a columna, artículo 80.1.g), donde dice: "... 8 (Documentación disponible)..." ; debe decir: "... 8 (Documentación necesaria)...".

En la página 13702, 2.a columna, artículo 80.1.h), donde dice: "... el apartado de póliza contratada..." ; debe decir: "... el número de póliza contratada...".

En la página 13704, 1.a columna, número 4, del artículo 84, donde dice: "... aplicarse el punto 80.2 de esta Orden, los documentos señalados en las letras b), e) e i) del artículo 80.1 (Valoraciones realizadas por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) de esta Orden, así como los documentos previstos en las letras d) y j) del citado..." ; debe decir: "... aplicarse el punto 82.2 de esta Orden, los documentos señalados en las letras b), e) y h) del artículo 80.1 (Valoraciones realizadas por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) de esta Orden, así como los documentos previstos en las letras d) e i) del citado...".

En la página 13706, 1.a columna, párrafo primero, antepenúltima línea, donde dice: "... de Pensiones y de la Comisión Nacional..." ; debe decir:

"... de Pensiones y a la Comisión Nacional...".

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 120 del Martes 20 de Mayo de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.

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