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Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para
la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales,
y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del citado Convenio, que
figura como Anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, a 18 de febrero de 2003.-El Secretario General Técnico, Luis
Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la
realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales
En Madrid, a 10 de diciembre de 2.002
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Señor Don Eduardo Zaplana Hernández-Soro,
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real
Decreto 674/2002 de 9 de julio (Boletín Oficial del Estado número 164, de 10
de julio), en nombre y representación de la Administración General del
Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia
para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
Y de otra parte, el Excmo. Sr. D. Tomás Mañas González, Consejero
de Bienestar Social, nombrado por Decreto 45/2.000, de 15 de Marzo
(D.O.C.M. núm. 24, de 17 de Marzo), en nombre y representación de la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de acuerdo con la
autorización conferida por el Artículo 23 de la Ley 7/1.997, de 5 de septiembre,
del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y
convenir, y
MANIFIESTAN
Primero.-Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración
entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma
de Castilla-La Mancha.
Segundo.-Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente
programas de apoyo a familias en situaciones especiales.
Tercero.-Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le
corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con
lo previsto en los Reales Decretos 758/96 de 5 de mayo, 839/96 de 10
de mayo, 1888/96 de 2 de agosto y Real Decreto 140/97 de 31 de enero.
Cuarto.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ostenta
competencias en materia de Asistencia Social y Servicios Sociales, de
acuerdo con el artículo n.o 31.1, Apartado 20 de su Estatuto (Ley
Orgánica 9/1.982, de 10 de Agosto) y los Reales Decretos 251/1.982, de 15 de
Enero y 1.975/1.984, de 26 de Septiembre, de transferencia de
competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado en materia
de Servicios y Asistencia Sociales.
Quinto.-Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del
apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General
Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de
diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, es
procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.
Sexto.-Que la Ley 23/2.001, de 27 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 2.002 (B.O.E. del día 31), incluye un crédito adscrito
al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que aparece consignado con
la clasificación 19.04.313O.454.01, transferencias corrientes a
Comunidades Autónomas para la realización de programas de apoyo a familias en
situaciones especiales, con una dotación de 12.702.030,00 euros
Séptimo.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines.
Octavo.-Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
promover y potenciar la realización de programas dirigidos a apoyar y
prestar atención a familias que se encuentran en situaciones especiales,
así como prevenir que estas situaciones puedan degenerar en situaciones
de exclusión social o desintegración familiar.
Noveno.-Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los
criterios objetivos de distribución acordados con las Comunidades
Autónomas, en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, y, a su vez, fueron
aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 1 de Marzo de 2.002
(B.O.E. del 27 de marzo de 2.002).
Décimo.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha tiene
previsto la puesta en marcha de programas de las características
apuntadas.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo seis
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en
el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria,
y que se regirá con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la
colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de los Programas de
apoyo a familias en situaciones especiales siguientes, tal como se
especifican en el anexo de este Convenio.
1. Programa para la educación familiar y atención de familias
desfavorecidas y en situación de riesgo.
2. Programa de apoyo a familias monoparentales.
3. Programa de orientación y/o mediación familiar.
4. Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia
familiar.
Segunda.-La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha pondrá en
marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.
Tercera.-Para sufragar los costes de los mencionados programas, la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se compromete a aportar
la cantidad total de un millón ciento noventa y ocho mil trescientos noventa
y cuatro euros con setenta céntimos (1.198.394,70 euros) como participación
en la financiación de los programas. Esta cantidad a que se obliga la
Comunidad Autónoma puede corresponder al importe que se sufraga
directamente por la misma y/o la/s Corporación/ciones Local/es, esta/s últimas
según el/los acuerdo/s con la Comunidad de acuerdo con el desglose
siguiente, tal como se contiene en el anexo de este Convenio:
1. Programa para la educación familiar y atención de familias
desfavorecidas y en situación de riesgo: 607.354,98 euros.
2. Programa de apoyo a familias monoparentales: 79.990,99 euros.
3. Programa de orientación y/o mediación familiar: 331.235,81 euros.
4. Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia
familiar: 179.812,92 euros.
Cuarta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su
dotación presupuestaria 19.04.313O.454.01 para el ejercicio de 2.002,
aporta la cantidad de seiscientos sesenta y ocho mil seiscientos ocho euros
con dos céntimos (668.608,02 euros) como participación en la financiación
de los programas, de conformidad con el desglose siguiente, tal como se
contiene en el anexo de este Convenio.
1. Programa para la educación familiar y atención de familias
desfavorecidas y en situación de riesgo: 413.316,02 euros.
2. Programa de apoyo a familias monoparentales: 63.166,73 euros.
3. Programa de orientación y/o mediación familiar: 128.538,19 euros.
4. Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia
familiar: 63.587,08 euros.
Quinta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a
transferir a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha la cantidad prevista
en la cláusula cuarta de este convenio o la que reste por transferir en
ese momento hasta dicha cantidad, si se hubiese efectuado la transferencia
de alguna cantidad al amparo de lo previsto en el Acuerdo del Consejo
de Ministros del día 1 de marzo de 2.002 (B.O.E. del 27 de marzo de 2.002).
Sexta.-La Comunidad Autónoma deberá:
A. Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a
los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas
que se especifican en este Convenio de Colaboración.
B. Informar de la puesta en marcha de los proyectos previstos en
cada programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
la información que recabe en relación con el presente Convenio.
C. Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos
técnicos sobre los proyectos financiados.
D. Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado
comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, de acuerdo
con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 153 del Texto Refundido
de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/88, de 23
de septiembre).
E. Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el
desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como
a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar
conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación
expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.
La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada
y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las
circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice
el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.
Séptima.-La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha elaborará,
al finalizar la vigencia del convenio, una Memoria financiera y técnica
de cada proyecto que entregará en los seis meses siguientes y que al menos
recoja:
Fecha de puesta en marcha.
Información económica.
Actividades realizadas.
Recursos utilizados.
Sectores atendidos.
Resultados obtenidos.
Datos estadísticos.
Dificultades y propuestas.
Valoración del programa.
En el supuesto de que la Comunidad Autónoma no presente la citada
memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en
la cláusula siguiente.
Octava.-Para el seguimiento del presente Convenio se creará una
Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el
cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver
las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar
asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos
técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación
de los proyectos.
Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las Comunidades
Autonómas firmantes de los Convenios.
El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será
designado por la Directora General de Acción Social, del Menor y de la
Familia, y el representante de la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha por el Director Gral. de Servicios Sociales.
Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992 de 26
de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por
el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario
de la Dirección General de Acción Social, del Menor y de la Familia del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora
General.
Novena.-En la publicidad que se realice en cualquier medio de
comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se
hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la
cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales.
Décima.-Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año
desde la fecha de su firma.
Undécima.-El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de
incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos
en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se
hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se
hubieran destinado al/los programa/s previstos en él, sin perjuicio de la
ejecución de las actividades en curso.
Duodécima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del
presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas al
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado
ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha
arriba indicados.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo
Zaplana Hernández-Soro.-El Consejero de Bienestar Social (en nombre
y representación, por delegación, de la Comunidad Autónoma), Tomás
Mañas González.
ANEXO
1. Aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,
corporaciones locales y del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para
la realización del Programa para la educación familiar y atención de
familias desfavorecidas y en situación de riesgo
2002
1) Programa de atención psicosocial a familias con hijos
adolescentes en Albacete.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones
Locales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.025,76 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.020,24 euros
2) Programa de atención psicosocial a familias con hijos
adolescentes en La Roda.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 15.025,76 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.020,24 euros
3) Programa de atención psicosocial a familias con hijos
adolescentes en Hellín.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 15.025,76 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.020,24 euros
4) Programa de atención a familias en situación de
riesgo en Almansa.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 38.913,88 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.207,12 euros
5) Programa de asesoramiento psicopedagógico e
intervención familiar en Villarrobledo.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 17.308,70 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.025,30 euros
6) Programa de Centro de Día en Villarrobledo.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 51.085,58 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.035,42 euros
7) Programa de Apoyo Familiar en Alcazar de San Juan.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 86.604,68 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.302,34 euros
8) Programa de intervención con familiar en situación
de riesgo en Daimiel.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 20.874,29 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.874,29 euros
9) Programa de mediación social con familias en
situación de riesgo en Tarancón.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 8.534,37 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.534,37 euros
10) Programa de compensación social en Tarancón.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 31.292,92 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.334,94 euros
11) Programa de Centros de compensación social en
Cuenca.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 34.142,60 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.953,55 euros
12) Programa de Apoyo a familias en situaciones
especiales en Guadalajara.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 17.795,73 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.795,73 euros
13) Programa de intervención socio-educativa y familiar
en Fontanar.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 20.070,78 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.070,78 euros
14) Programa de intervención con familias en
situaciones de riesgo en Azuqueca de Henares.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 21.539,85 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.061,15 euros
15) Programa de atención familiar en Villacañas.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 57.623,00 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57.622,00 euros
16) Programa de atención psicosocial en La Puebla de
Almoradiel.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 28.863,02 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.446,69 euros
17) Programa de Centro de Día "Paideia" en Toledo.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 55.400,27 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.439,65 euros
18) Centro de Familia: Apoyo a Familias en situación
de riesgo en Sonseca.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 25.844,00 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.844,00 euros
19) Programa de atención a la familia en Talavera de
la Reina.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 46.384,03 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.707,97 euros
Total aportación Comunidad Autónoma y
corporaciones locales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 607.354,98 euros
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 413.316,02 euros
2. Aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,
corporaciones locales y del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para
la realización del Programa de apoyo a familias monoparentales
2002
1) Programa de colaboración en la crianza: Canguro 2
en Albacete.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 15.025,30 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.025,30 euros
2) Programa "Educar en solitario" en Iniesta.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 8.005,06 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.005,06 euros
3) Programa "Educar en solitario" en Villamayor de
Santiago.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 7.513,00 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.513,00 euros
4) Programa "Educar en solitario" en Cuenca.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 34.421,63 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.597,37 euros
5) Programa de apoyo a familias monoparentales en
Motilla del Palancar.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local . 15.026,00 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.026,00 euros
Total aportación Comunidad Autónoma y
corporaciones locales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.990,99 euros
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63.166,73 euros
3. Aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización del
Programa de orientación y/o mediación familiar.
2002
1) Centro de Mediación y Orientación Familiar
(AMIFAM) en Albacete.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 105.902,68 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.319,32 euros
2) Centro de Mediación y Orientación Familiar
(AMIFAM) en Ciudad Real.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57.822,68 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.319,32 euros
3) Centro de Mediación y Orientación Familiar
(AMIFAM) en Cuenca.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57.822,68 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.319,32 euros
4) Centro de Mediación y Orientación Familiar
(AMIFAM) en Toledo.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57.822,68 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.319,32 euros
4) Centro de Mediación y Orientación Familiar
(ARETÉ) en Guadalajara.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.865,09 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.260,91 euros
Total aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . 331.235,81 euros
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 128.538,19 euros
4. Aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización del
Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia familiar
2002
1) Programa de prevención e intervención en violencia
familiar ANFORMAD en Albacete, Ciudad Real,
Cuenca, Guadalajara y Toledo.
Aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 179.812,92 euros
Aportación M.T.A.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63.587,08 euros
Total aportación Comunidad Autónoma . . . . . . . . . . . 179.812,92 euros
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63.587,08 euros
Total de las aportaciones para los Programas de
apoyo a las familias en situaciones especiales.
Total aportación Comunidad Autónoma y
corporaciones locales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.198.394,70 euros
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 668.608,02 euros
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 72 del Martes 25 de Marzo de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.