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Vista la solicitud presentada por la empresa "Parcitank, Sociedad
Anónima", con domicilio social en Ctra. de la Ossa, s/n, 02600 Villarrobledo
(Albacete), para obtener la aprobación de modelo de un sistema de medida
instalado sobre camiones-cisterna, destinados al transporte por carretera
y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad " 20 mPa.s)
y almacenados a la presión atmosférica (con excepción de los líquidos
alimentarios), marca "Parcitank", modelo SMP-LE, en sus diferentes
versiones, provisto de un subsistema de medida marca "Medición y
Transporte" ;
Vista la documentación complementaria presentada con dicha solicitud ;
Considerando que el subsistema de medida utilizado tiene aprobación
de modelo número 16/H-11/99004, emitida por la Comunidad de Madrid,
que caduca el 15 de julio de 2009 ;
Considerando que el sistema de medida está diseñado de acuerdo con
el esquema S3 indicado en el punto 4.2 de la orden de 28 de diciembre
de 1988, por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos
del agua,
Esta Dirección General de Industria y Energía, de acuerdo con la Ley
3/1985, de 18 de marzo, de metrología ; el Real Decreto 1616/1985, de
11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza
la Administración del Estado ; la Orden de 26 de diciembre de 1988, por
la que se regula el control de los contadores volumétricos de líquidos
distintos del agua y de sus dispositivos complementarios ; la Orden de
28 de diciembre de 1988 que regula los sistemas de medida de líquidos
distintos del agua ; el Decreto 76/2001 por el que se fijan la estructura
y competencias de la Consejería de Industria y Trabajo, ha resuelto:
Primero.-Conceder la aprobación de modelo, a favor de la entidad
"Parcitank, Sociedad Anónima", con registro de control metrológico
11-H.004, del sistema de medida instalado sobre camiones-cisterna
destinados al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca
viscosidad (viscosidad " 20 mPa.s) y almacenados a la presión atmosférica,
con excepción de los líquidos alimentarios, marca "Parcitank", modelo
SMP-LE.
Las características metrológicas se resumen en el siguiente cuadro:
CUADRO: (Ver imagen página 4048)
Versión. SMP-LE250. SMP-LE500. SMP-LE750.
Subsistema de medida. MES 5. MES 7. MES 15.
Caudal máx. 250 l/min. 450 l/min. 750 l/min.
Caudal mín. 27 l/min. 50 l/min. 100 l/min.
Sumin. mín. 50 litros. 100 litros.
Presión máx. 4 bar. 6 bar. 6 bar.
Clase de líquidos a medir. Hidrocarburos líquidos (a excepción de GLP).
Margen Temp. - 10 .oC a + 50 .oC.
Segundo.-El signo de aprobación de modelo asignado será:(Ver imagen página 4048)
H-004
11
02.004
Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo
a que se refiere esta Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible
e indeleble, las siguientes inscripciones de identificación (en su placa de
características), aparte de las propias de los elementos que los conforman
(en particular la del contador volumétrico):
Nombre y anagrama del fabricante.
Denominación del modelo, versión y opción.
Número de serie y año de fabricación.
Caudal máximo en l/min.
Caudal mínimo en l/min.
Suministro mínimo en litros.
Presión máxima de funcionamiento en bares.
Clase de líquidos a medir.
Margen de temperatura de funcionamiento en grados centígrados,
Signo de aprobación de modelo.
Indicación del esquema aprobado.
Cuarto.-Para garantizar un correcto funcionamiento de los sistemas
se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva,
según se describe y representa en los planos contenidos en el anexo al
certificado de aprobación de modelo.
Quinto.-Los sistemas correspondientes a la aprobación de modelo a
que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos
contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.
Sexto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real
Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo
tiene un plazo de validez de tres años desde la fecha de esta Resolución,
pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder
cada uno de diez años, previa petición del titular de la misma.
La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, y contra
la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra.
Consejera de Industria y Trabajo, de acuerdo con el art. 114 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, en el plazo de un mes previsto en el artículo 115 de
dicha norma legal.
Toledo, 15 de noviembre de 2002.-El Director general, Javier de la
Villa Albares.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 26 del Jueves 30 de Enero de 2003. Otras disposiciones, Comunidad Autónoma De Castilla-La Mancha.