Resolución de la Dirección General de Industria por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, informe de impacto ambiental y aprobación del proyecto de construcción del parque eólico de "Campo Alto". Número de expediente: PE-Campo Alto (PDE/01/00).

De conformidad con lo establecido en el

capítulo III del Decreto 41/2000, de 14 de junio

("Boletín Oficial de Cantabria" del 20), por el que se

regula el procedimiento para la autorización de

parques eólicos en Cantabria y a los efectos previstos

en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

del 27), que resulta de aplicación supletoria, así

como en el artículo 28 de la Ley 54/1997, de 27

de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 28),

del Sector Eléctrico, y en el artículo 31 del

Decreto 50/1991, de 29 de abril ("Boletín Oficial de

Cantabria" de 14 de mayo), de evaluación de impacto

ambiental para Cantabria, se somete a información

pública la petición de autorización administrativa,

el informe de impacto ambiental y aprobación del

proyecto de ejecución del parque eólico de "Campo

Alto", cuyas características principales son las

siguientes:

Entidad peticionaria: "Iniciativas Eólicas de

Cantabria, Sociedad Limitada", 39010 Santander, calle

San Fernando, 10, 1.o

Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía

cinética del viento, como recurso natural renovable,

y transformarla en energía eléctrica.

Emplazamiento:

Términos municipales afectados: Campoo de

Yuso.

Coordenadas UTM de la poligonal que lo delimita:

Coordenadas

Vértices

X Y

A 413300 4765300

B 417500 4766000

C 417500 4765000

D 415000 4764000

E 413300 4764000

Potencia (MW):

Unitaria (por aerogenerador): 0,8.

Total: 25,6.

Aerogeneradores:

Tipo: MADE AE-52, tripala, de 56 metros de

de pala, altura de buje 60 (m), de paso variable.

Número total: 32.

Producción anual estimada (MWh): 70.500.

Presupuesto (Meuros): 15,4.

Infraestructuras eléctricas de generación,

transformación e interconexión:

32 centros de transformación de 0,850 kVA de

potencia unitaria y relación de transformación

1/20 kV, alojados en el interior de cada

aerogenerador, con su correspondiente aparamenta de

seccionamiento, maniobra y protección.

Líneas de media tensión subterráneas para

evacuación a 20 kV, de interconexión entre los centros

de recogida de media tensión y la subestación

transformadora 20/55 kV.

Subestación transformadora, compartida con el

parque eólico de "La Costana", compuesta por un

transformador principal de 20/55 kV de 41 MVA

ONAN de potencia nominal y un transformador

para servicios auxiliares 20/0,38 kV de 100 kVA

de potencia nominal, con los correspondientes

equipos de control, seccionamiento, maniobra, medida

y protección.

Lo que se hace público para conocimiento general,

al objeto de que pueda examinarse el proyecto

referido en la Dirección General de Industria, Servicio

de Ordenación, calle Hernán Cortés, 40, segunda

planta, y formularse, en su caso, en el plazo de

veinte días, contados a partir del día siguiente al

de la publicación de esta Resolución, las alegaciones

que estimen oportunas.

Santander, 15 de noviembre de 2002.-El Director

general de Industria, Pedro Obregón Cagigas.-54.185.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 302 del Miércoles 18 de Diciembre de 2002. Anuncios, Comunidad Autónoma De Cantabria.

Otras ediciones del BOE

<<<Julio 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031

Dernière édition du BOE

Dernière édition du BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...