Je veux savoir à propos de…
- Espagne
Por Resolución de fecha 3 de julio de 2002 de esta Dirección General
se concedió la autorización administrativa previa para la constitución de
Espirito Santo Seguridad, Fondo de Pensiones, promovido por "Banco
Espirito Santo, Sociedad Anónima", al amparo de lo previsto en el
artículo 11.3 de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de los Planes y
Fondos de Pensiones ("Boletín Oficial del Estado" del 9).
Concurriendo Espirito Santo Pensiones, Entidad Gestora de Fondos
de Pensiones, S. A. (G0202) como gestora y "Banco Espirito Santo, Sociedad
Anónima" (D0141), como depositaria, se constituyó el 19 de julio de 2002
el citado fondo de pensiones, constando debidamente inscrito en el Registro
Mercantil de Madrid.
La entidad promotora, antes indicada, ha solicitado la inscripción del
fondo en el Registro Especial de este centro directivo, aportando la
documentación establecida al efecto en el artículo 3.o1 de la Orden ministerial
de 7 de noviembre de 1988 ("Boletín Oficial del Estado" del 10).
Considerando cumplimentados los requisitos establecidos en la citada
Ley y normas que la desarrollan,
Esta Dirección General acuerda proceder a la inscripción de Espirito
Santo Seguridad, Fondo de Pensiones, en el Registro de Fondos de
Pensiones establecido en el artículo 46.1.a) del Reglamento de Planes y Fondos
de Pensiones de 30 de septiembre de 1988 ("Boletín Oficial del Estado"
de 2 de noviembre).
Madrid, 16 de septiembre de 2002.-La Directora general, María Pilar
González de Frutos.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 238 del Viernes 4 de Octubre de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.