Je veux savoir à propos de…
![Espagne](/misc/flags_iso/32/es.png)
- Espagne
La Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, establece en su disposición final sexta que por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se realizará periódicamente la determinación de la cuantÃa de la renta de referencia, de conformidad con lo previsto en el apartado 12 del artÃculo 2 de esta Ley. Este precepto dispone que se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido al respecto en la normativa de la Unión Europea y teniendo en cuenta los datos de salarios publicados por el Instituto Nacional de EstadÃstica.
En su virtud, dispongo:
ArtÃculo único.
La renta de referencia a que se refiere el apartado 12 del artÃculo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, queda fijada para el año 2002 en la cuantÃa de 19.585 euros (3.258.670 pesetas).
Disposición final única.
La presente Orden entrará en vigor el dÃa siguiente al de su publicación en el "BoletÃn Oficial del Estado".
Madrid, 14 de enero de 2002.
ARIAS CAÑETE
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 19 del Martes 22 de Enero de 2002. Disposiciones generales, Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación.