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En el año académico 2001-2002 se continúa la implantación de las
enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de
Ordenación General del Sistema Educativo, según el calendario aprobado
por Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado y completado por
el 173/1998, de 16 de febrero, en los centros de ámbito de gestión del
Ministerio de Educación y Cultura, con la generalización del segundo curso
de Bachillerato, cuya estructura se establece en el Real Decreto 1700/1991,
de 29 de noviembre, modificado por el 3474/2000, de 29 de diciembre,
a fin de hacer posible la continuidad de las enseñanzas autorizadas con
anterioridad. Se ha de ampliar también la implantación de los Ciclos
Formativos de Formación Profesional Específica de grados Medio y Superior
definidos de acuerdo al Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo.
Asimismo, para el curso 2001-2002 está previsto continuar la
implantación progresiva en los institutos de educación secundaria de ámbito
de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de las enseñanzas
del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, que todavía se
impartían en los colegios públicos de educación infantil y primaria.
En virtud de lo cual, de conformidad con lo establecido en el artículo
1.dos del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria,
aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Los centros públicos de educación secundaria que se
relacionan en el anexo I de la presente Orden implantarán en el año académico
2001-2002 el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.
Segundo.-Quedan autorizados los centros que se reseñan en el anexo II
a impartir, desde el curso 2001-2002, los ciclos formativos de Formación
Profesional Específica de grados Medio y Superior, definidos de acuerdo
al Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo.
Tercero.-La implantación de las enseñanzas del nuevo sistema
educativo que se autorizan en esta Orden, supondrá la extinción progresiva
de las correspondientes a planes de estudios derivados de la Ley 14/1970,
de 4 de agosto, salvo las excepciones que debidamente justificadas sean
autorizadas por la Dirección General de Educación, Formación Profesional
e Innovación Educativa.
Cuarto.-No podrán implantarse en los centros más enseñanzas que
las expresamente autorizadas por esta Orden, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 1.dos del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación
Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero. Los
Directores provinciales del departamento velarán escrupulosamente por el
riguroso cumplimiento de esta norma.
Quinto.-Se autoriza a las Direcciones Generales de Educación,
Formación Profesional e Innovación Educativa y de Programación Económica,
Personal y Servicios del Departamento para dictar las instrucciones
necesarias y adoptar las medidas oportunas que exijan la implantación o
supresión de las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.
Madrid, 4 de julio de 2001.-P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001
"Boletín Oficial del Estado" del 9), el Director general de Educación,
Formacion Profsional e Innovación Educativa, José Luis Mira Lema.
Ilmos. Sres. Directores generales de Educación, Formación Profesional e
Innovación Educativa, de Programación Económica, Personal y
Servicios, y Directores provinciales.
ANEXO I
Centros públicos de educación secundaria que iniciarán el primer ciclo
de la Educación Secundaria Obligatoria en el curso 2001-2002
Municipio Centro Código del centro
Ceuta
1. Ceuta ...... Instituto de Educación Secundaria
"Almina" ............................................. 51000304
2. Ceuta ...... Instituto de Educación Secundaria "Luis
de Camoens" ................................. 51000638
3. Ceuta ...... Instituto de Educación Secundaria "Siete
Colinas" ....................................... 51000298
ANEXO II
Centros públicos de educación secundaria que iniciarán en el curso 2001-2002 la implantación de cursos formativos
Municipio Centro Código del centro Nivel Familia Nombre del ciclo
Ceuta
1. Ceuta . . . . Instituto de Educación Secundaria "Abyla" . . . . . 51000286 CGS SSC Educación Infantil.
Melilla
2. Melilla . . . . Instituto de Educación Secundaria "Enrique
Nieto" . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51000415 CGM AFD Conducción de actividades
físico-deportivas en el medio natural.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 185 del Viernes 3 de Agosto de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Educación, Cultura Y Deporte.