RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2000, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden ayudas para la incorporación de Doctores y Tecnólogos a grupos de investigación en España, en el marco del Programa Nacional de Formación del Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

Por Resolución de 4 de marzo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado"

del 21), de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades,

Investigación y Desarrollo, se convocan ayudas para la incorporación de

Doctores a grupos de investigación en España.

La Resolución de 30 de diciembre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"

de 12 de enero de 2000) por la que se conceden ayudas para la

incorporación de Doctores a grupos de investigación en España, incluía, en

su anexo III, relación de candidatos cuya solicitud quedaba pendiente

hasta una próxima Resolución. Solventadas las circunstancias por las que

no fue posible resolver en su momento, se ha considerado conveniente

resolver acerca de los mismos.

Por otra parte al haber sido prorrogados proyectos de investigación

a los que están vinculados contratos de incorporación, procede prorrogar

dichos contratos.

En consecuencia, examinada la propuesta de la Comisión de Selección

basada en la evaluación científica de las solicitudes de los candidatos,

así como en los informes de interés de los organismos avalantes, he

acordado:

Primero.-Conceder subvención al organismo que se cita, destinada a

financiar el contrato del Doctor que se relaciona, en el proyecto que se

indica, por el número de meses y dentro del período señalado:

Organismo: Universidad de Murcia.

Candidata a contratar: Jiménez-Cervantes Frigols, Celia.

Referencia proyecto: PM1999-0138.

Investigador principal: García Borrón Martínez, José Carlos.

Número de meses a contratar: Diez.

Intervalo de contratación: De 1 de enero de 2001 a 31 de octubre de 2001.

Segundo.-Conceder subvenciones complementarias a los organismos

que se relacionan, destinadas a financiar la prórroga de los contratos

de los Doctores señalados, motivada por la prolongación del plazo de

realización del proyecto al que están vinculados:

Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Candidata a contratar: Martínez-Mena García, María Dolores.

Referencia proyecto: ENV4-CT97-0687.

Investigador principal: Albadalejo Montoro, Juan.

Número de meses a contratar: Uno.

Intervalo de contratación: De 1 al 30 de abril de 2001.

Organismo: Universidad de Oviedo.

Candidata a contratar: Viejo García, Rosa María.

Referencia proyecto: FAIR-CT97-3828.

Investigador principal: Rico Ordás, José Manuel.

Número de meses a contratar: Seis.

Intervalo de contratación: De 1 de enero de 2001 al 30 de junio de

2001.

Organismo: Universidad de Valencia.

Candidato a contratar: Terol Alcayde, Javier.

Referencia proyecto: GV99-120-1-05.

Investigadora principal: Paricio Ortiz, Nuria.

Número de meses a contratar: Ocho.

Intervalo de contratación: De 1 enero de 2001 al 31 de agosto de 2001.

Tercero.-La cuantía total de las subvenciones se calcula en función

del número de mensualidades concedidas, hasta un máximo de doce por

año, sobre la base de un coste total anual financiado para cada contrato

de 4.634.320 pesetas, incluyendo la cuota patronal de las prestaciones

sociales.

La contratación deberá formalizarse en el plazo máximo de tres meses

a partir de la fecha de inicio señalada para cada subvención concedida.

Cuarto.-Las entidades receptoras de estas subvenciones están

obligadas a establecer con la Dirección General de Universidades el Convenio

previsto en el punto 7.1 de la Resolución de convocatoria. Si este Convenio

ya existiera previamente, las entidades deberán actualizarlo en el anexo

pertinente.

Quinto.-Las entidades colaboradoras deberán notificar a la Dirección

General de Universidades la formalización de los contratos que se suscriban

al amparo de la presente Resolución, en las setenta y dos horas siguientes

a que ésta se produzca, enviando, posteriormente, fotocopia compulsada

acreditativa.

Sexto.-El gasto del programa será imputado al crédito 18.07.781 del

programa 541A, Investigación Científica.

Séptimo.-Los organismos perceptores de subvenciones presentarán

certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su

contabilidad en el plazo de tres meses a contar desde su percibo.

Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan.

De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro

de los tres meses siguientes a la terminación de sus acciones, de la siguiente

forma:

Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a fiscalización

por el Tribunal de Cuentas.

Con justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo

establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y del artículo 66 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada

por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses

a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Lo que comunico a V. I. para conocimiento de los interesados y demás

efectos.

Madrid, 30 de diciembre de 2000.-El Secretario de Estado, Julio Iglesias

de Ussel.

Ilmo. Sr. Director general de Universidades.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 11 del Viernes 12 de Enero de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Educación, Cultura Y Deporte.

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