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Visto el expediente de indulto de don Aitor Aristeta Mayoz, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián, en
sentencia de fecha 28 de septiembre de 1998, como autor de un delito contra
el deber de cumplimiento del servicio militar obligatorio, a la pena de
seis meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, con las
accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del
Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Aitor Aristeta Mayoz la pena privativa de
libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de
inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio
de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso
durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 11 del Viernes 12 de Enero de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.