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Por Orden de 12 de abril de 2000, del Ministerio del Interior
("Boletín Oficial del Estado" del 28), se convocó concurso
específico para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los
grupos A, B, C y D, vacantes en el organismo autónomo Jefatura
Central de Tráfico.
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias,
a las bases de la convocatoria y a las demás normas de
procedimiento aplicables, vista la valoración final de méritos alegados
y de acuerdo con la propuesta elaborada por la Comisión de
Valoración, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Hacer pública la adjudicación definitiva de destinos
de los funcionarios que han participado en el concurso y que
figuran en el anexo de la presente Orden.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican
en el citado anexo.
Tercero.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino será
de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del
funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o supone
el reingreso al servicio activo, de acuerdo con lo establecido en
la base VII, 4, de la Orden de convocatoria.
El plazo de toma de posesión para los demás adjudicatarios
comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de la resolución del concurso en el "Boletín Oficial
del Estado". Si la resolución comporta el reingreso al servicio
activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde su
publicación.
Las disposiciones de este punto se entenderán sin perjuicio
de las facultades otorgadas a los Subsecretarios y a la Secretaría
de Estado para la Administración Pública, por el apartado 2 del
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los
interesados, salvo que, por razones justificadas, el órgano convocante
acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía
administrativa, según lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, sin
perjuicio del potestativo, y con carácter previo, recurso de reposición
ante este Ministerio en el plazo de un mes desde la publicación
de esta Orden, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la
citada Ley 30/1992.
Madrid, 12 de junio de 2000.-P. D. (Orden de noviembre
de 1998), el Subsecretario, Leopoldo Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Ilmo. Sr. Director general de Tráfico.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 22261 a 22273).
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 150 del Viernes 23 de Junio de 2000. Autoridades y personal, Ministerio Del Interior.