ORDEN de 24 de septiembre de 1999 por la que se hace pública la lista de aspirantes que han adquirido una nueva especialidad del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, en el procedimiento convocado por Orden de 30 de noviembre de 1998.

De acuerdo con lo dispuesto en la base 20, apartado 3, de

la Orden de 30 de noviembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

de 14 de diciembre) por la que se convocan procedimientos

selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores y Maestros

de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la

adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los

mencionados Cuerpos, una vez comprobado que el aspirante que ha

obtenido la calificación de "apto" reúne los requisitos exigidos

en la base 15 de la citada Orden de convocatoria,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Hacer pública, según anexo a la presente Orden,

la lista única del aspirante que ha adquirido nueva especialidad

en el Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Segundo.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1

y 2 del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, por el que se

regula el ingreso y la adquisición de especialidades en los Cuerpos

de funcionarios docentes a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990,

de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo,

así como en el apartado 20.4 de la citada Orden de convocatoria,

quienes adquieran una nueva especialidad por este procedimiento

estarán exentos de la realización de la fase de prácticas.

La adquisición de una nueva especialidad no supone la pérdida

de la anterior o anteriores que pudieran poseer. Quienes tengan

adquirida más de una especialidad podrán acceder a plazas

correspondientes a cualquiera de ellas a través de los mecanismos

establecidos para la provisión de puestos de trabajo de los funcionarios

del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Tercero.-Por la Dirección General de Personal y Servicios se

expedirá la correspondiente credencial de adquisición de la nueva

especialidad y se procederá a su anotación en el Registro Central

de Personal.

Cuarto.-Contra la presente Orden los interesados podrán

interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados

Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido

en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 90.4

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

en redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio,

en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la

fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida

potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante la Dirección

General de Personal y Servicios, de acuerdo con lo dispuesto en

los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 24 de septiembre de 1999.-P. D. (Orden de 1 de

marzo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2), el Director

general de Personal y Servicios, Rafael Catalá Polo.

Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.

ANEXO

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Cuerpo: Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño

Documento nacional de identidad Apellidos y nombre

108: Reproducción e Impresión

10.595.341 Gutiérrez González, Laura María.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 245 del Miércoles 13 de Octubre de 1999. Autoridades y personal, Ministerio De Educación Y Cultura.

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