Corrección de errores del Real Decreto 145/1999, de 29 de enero, de fomento de las razas vacunas autóctonas españolas en régimen de producción extensiva.

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 145/1999, de 29 de enero, de fomento de las razas vacunas autóctonas en régimen de producción extensiva, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 41, de 17 de febrero de 1999, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 6897, segunda columna, artículo 4, apartado 2, el párrafo a) debe entenderse publicado de la siguiente forma: «a) No ser titular de una ganadería inscrita en el Libro Genealógico de la raza a la que pertenezcan los animales adquiridos en las subastas establecidas en el presente Real Decreto.».

En la página 6897, segunda columna, artículo 4, apartado 3, segundo párrafo, cuarta línea, donde dice: «... el apartado 1 del artículo 4 nonies del Reglamento (CEE) 805/68...», debe decir: «... el apartado 3 del artículo 4 octies del Reglamento (CEE) 805/68...».

En la página 6897, segunda columna, artículo 5, apartado 3, párrafo c), tercera línea, donde dice: «... que indique que la explotación del solicitante no poseía con anterioridad animales inscritos en el citado Libro.», debe decir: «... que indique que no es titular de ganadería inscrita en el citado Libro.».

En la página 6899, primera columna, anexo 2, párrafo d), segunda línea, donde dice: «... que en su explotación no existen animales inscritos en el libro genealógico de la raza adquirida en la subasta.», debe decir: «... que no figura como titular de ganadería inscrita en el Libro genealógico de la raza adquirida en la subasta.».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 91 del Viernes 16 de Abril de 1999. Disposiciones generales, Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación.

Materias

  • Explotaciones agrarias
  • Ganado vacuno
  • Subvenciones

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