ENMIENDAS al Reglamento relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID) («Boletín Oficial del Estado» del 20 al 26 de agosto de 1986). Anejo al Convenio relativo a los Transportes Internacionales por Ferrocarril (COTIF) (Berna, 9 de mayo de 1980, «Boletín Oficial del Estado» de 18 de enero de 1986), adoptadas por la Comisión de expertos, celebrada en Berna del 24 al 28 de noviembre de 1997.

El presente Reglamento enmendado será aplicable a partir del 1 de enero de 1999.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 27 de noviembre de 1998.-El Secretario general Técnico, Julio Núñez Montesinos.

[En suplemento aparte se publica el Reglamento relativo al Transporte Internacional por Ferrocarril de Mercancías Peligrosas (RID)]

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 298 del Lunes 14 de Diciembre de 1998. Disposiciones generales, Ministerio De Asuntos Exteriores.

Notas

  • Aplicable desde el 1 de enero de 1999.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 27 de noviembre de 1998.
  • Esta norma ha dejado de estar vigente

Materias

  • Acuerdos internacionales
  • Ferrocarriles
  • Mercancías peligrosas
  • Organización Intergubernamental para los Transportes Internacionales por Ferrocarril
  • Transporte de mercancías
  • Transportes internacionales

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