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En el expediente administrativo incoado con fecha 30 de junio de 1998
por el Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria (en adelante AEAT) a la entidad "Credit Lyonnais
España, Sociedad Anónima", en relación con su actuación como colaboradora
en la gestión recaudatoria de la Hacienda Pública, y en virtud de lo
establecido en el artículo 78.6 del Reglamento General de Recaudación
(Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, modificado por Real
Decreto 448/1995, de 24 de marzo), se ha adoptado la resolución que a
continuación se publica:
Primero.-Suspender temporalmente de la prestación del servicio de
colaboración en la provincia de Madrid a la entidad "Credit Lyonnais
España, Sociedad Anónima" durante la primera y segunda quincenas del mes
de diciembre de 1998, es decir, por el período comprendido entre los
días 23 de noviembre y 21 de diciembre de 1998.
Segundo.-La referida suspensión se extenderá a la totalidad de
operaciones que, como colaboradoras en la gestión recaudatoria, efectúen
las oficinas de la citada entidad en la provincia de Madrid, salvo aquellas
operaciones que deban realizarse durante el período de vigencia de la
suspensión, relacionadas con domiciliaciones de pagos llevadas a cabo
con anterioridad al inicio de dicha suspensión.
Cualquier otra operación que, durante el plazo de suspensión acordado,
pudieran admitir las oficinas suspendidas como colaboradoras en la gestión
recaudatoria carecerá de efectos liberatorios frente a la Hacienda Pública.
Tercero.-El Departamento de Recaudación podrá realizar las
actuaciones de comprobación que estime oportunas a los efectos de constatar
la efectividad de la suspensión acordada.
Cuarto.-Transcurrido el plazo de suspensión acordado, las oficinas
afectadas podrán reiniciar su actuación como colaboradoras en la gestión
recaudatoria sin limitación alguna.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo
dispuesto en el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso
ordinario ante el Director general de la AEAT en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al recibo de la presente notificación.
Madrid, 29 de octubre de 1998.-El Director del Departamento, Ignacio
Ruiz-Jarabo Colomer.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 278 del Viernes 20 de Noviembre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Economía Y Hacienda.