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Suscrita, previa tramitación reglamentaria entre el Ministerio de Medio
Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio
y Litoral de la Comunidad Autónoma de Baleares, el día 7 de septiembre
de 1998 la Addenda al Convenio de colaboración entre el suprimido
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Consejería
de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
sobre actuaciones derivadas del Plan Nacional de Residuos Peligrosos
1995-2000, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del
Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 ("Boletín Oficial
del Estado" del 16), procede la publicación de dicha Addenda que figura
como anexo de esta Resolución.
Madrid, 24 de septiembre de 1998.-La Directora general, Dolores
Carrillo Dorado.
ADDENDA AL CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL SUPRIMIDO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO AMBIENTE
Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES SOBRE
ACTUACIONES DERIVADAS DEL PLAN NACIONAL DE RESIDUOS
PELIGROSOS 1995-2000 POR EL QUE SE DEFINEN LOS
COMPROMISOS DE GASTO PARA 1998 (ANEXO I)
En Madrid,a7deseptiembre de 1998.
REUNIDOS
De una parte, la excelentísima señora doña Isabel Tocino Biscarolasaga,
Ministra de Medio Ambiente, cargo para el que fue nombrada por Real
Decreto 762/1996, de 5 de mayo.
De otra parte, el honorable señor don Miquel Ramis Socias, Consejero
de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Litoral de la Comunidad
Autónoma de las Islas Baleares.
EXPONEN
Con fecha 27 de febrero de 1995, fue suscrito un Convenio entre el
suprimido Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares sobre actuaciones
derivadas del Plan Nacional de Residuos Peligrosos 1995-2000.
En el texto del citado Convenio se establecen las condiciones básicas
de colaboración entre ambas instituciones para financiar las actuaciones
encaminadas a la consecución de los objetivos marcados en el Plan Nacional
de Residuos Peligrosos 1995-2000, aprobado por Consejo de Ministros de
17 de febrero de 1995, así como se regulan los criterios generales de
financiación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Asimismo, el Gobierno de la Nación, en su reunión de 21 de julio
de 1995, acordó la delegación de la competencia en los titulares de los
Departamentos ministeriales, en su ámbito funcional correspondiente, para
la celebración de Convenios de colaboración con las Comunidades
Autónomas ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de agosto de 1995).
Posteriormente, con fecha 3 de febrero de 1998, se firmó la Addenda
al Convenio donde se establece la forma de pago.
Por Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, se reestructuran los
Departamentos ministeriales y se crea el Ministerio de Medio Ambiente; este
Departamento asume las competencias correspondientes a la Secretaría
de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, atribuidas hasta ese instante
al Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, con
excepción de las relativas a Vivienda y Urbanismo, así como las competencias
de Obras Hidráulicas y las Confederaciones Hidrográficas.
Con la finalidad de conseguir un mayor perfeccionamiento en el
desarrollo y ejecución del Convenio, y en cumplimiento de la normativa
sobre el Gasto Público, se establecen las siguientes adiciones a las cláusulas
ya convenidas:
CLÁUSULAS
1. La cláusula segunda del Convenio relativa a la financiación, queda
redactada de la manera siguiente:
"La aportación del Ministerio de Medio Ambiente correspondiente al
ejercicio de 1998, corresponde a lo fiscalizado y no pagado para los
ejercicios de 1997 y 1998, según consta en la Addenda firmada en febrero
del presente año, por ello, la cantidad total de ambos ejercicios asciende
a 22.371.074 pesetas, según el desglose que figura en el anexoIyque
se abonará con cargo a la aplicación 23.08.443D.752 del ejercicio
presupuestario de 1998."
a) Igualmente, y conforme a la normativa sobre plurianualización del
gasto se añade al Convenio un anexo III; en este anexo figuran las
aportaciones del Ministerio de Medio Ambiente, complementarias a lo ya
reconocido, correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000, siendo éstas
las siguientes:
En el ejercicio de 1999, asciende a la cantidad de 20.000.000 de pesetas.
En el ejercicio del 2000, asciende a la cantidad de 17.140.000 pesetas.
Las cantidades que durante la vigencia del Plan se habiliten para cada
ejercicio (anexos I y III) con cargo a los Presupuestos Generales del Estado,
se harán efectivas de la siguiente forma:
a) El 50 por 100 de las cantidades previstas en los anexosIyIII
del Convenio, antes del 31 de marzo de cada año, mediante transferencia
como anticipo de fondos para hacer frente a las primeras actuaciones.
b) La Comunidad Autónoma presentará trimestralmente certificados
de las actuaciones llevadas a cabo, así como de las ayudas reconocidas
con cargo al Plan, siendo la última de ellas de fecha 15 de noviembre,
contra las cuales se transferirán las cantidades pendientes
correspondientes, con cargo al ejercicio vigente.
En el supuesto de que por parte de la Comunidad Autónoma no se
hubiesen justificado la totalidad de los créditos anticipados, conforme a
lo previsto en ésta cláusula, la cantidad total pendiente de justificar se
minorará de la cantidad prevista como anticipo para el ejercicio siguiente.
2. Se añade a la cláusula cuarta del Convenio, relativa al acceso a
los Fondos de Cohesión, lo siguiente:
"Asimismo, el compromiso de presentación de proyectos para su
financiación por el Fondo de Cohesión se entenderá condicionado a la
programación que para dicho fondo establece el Ministerio de Economía y
Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Finalmente, el contenido del Convenio, se adecuará a lo que el Consejo
de Política Fiscal y Financiera disponga para los años 1998 y siguientes
sobre acceso a los instrumentos financieros previstos, en especial para
tener en cuenta posibles cambios en el vigente sistema de financiación
de las Comunidades Autónomas."
3. Se modifica la cláusula décima, relativa a la vigencia del Convenio,
quedando como sigue:
"El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su
formalización y tendrá vigencia hasta la fecha de finalización del Plan Nacional
de Residuos Peligrosos 1995-2000, indicado en la cláusula primera del
Convenio."
La Ministra de Medio Ambiente, Isabel Tocino Biscarolasaga.-El
Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Litoral, Miquel
Ramis Socias.
ANEXO I
Actuaciones programadas para el año 1998 a financiar, en los porcentajes indicados, entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad
Autónoma de las Islas Baleares
Programas Ap. C. A. Ap. Estado Total
1. Prevención y reducción en origen (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)........ 4.171.962 4.171.962 8.343.924
2. Infraestructuras............................................................................... 11.212.710 3.737.570 14.950.280
2.1 Reutilización y reciclaje (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).
2.2 Tratamiento fin de línea (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).
2.3 Infraestructuras de eliminación (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).
3. Estudios........................................................................................ 11.054.299 11.054.299 22.108.598
3.1 Inventario y plan gestor de residuos (al 80 por 100 con la Comunidad Autónoma).
3.2 Estudios, estadística y base de datos (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma).
4. Investigación y desarrollo (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)................. 2.575.794 2.575.794 5.151.588
5. Comunicación (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).............................. 912.897 304.299 1.217.196
6. Formación (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma).................................. 527.150 527.150 1.054.300
Total................................................................................. 30.454.812 22.371.074 52.825.886
ANEXO III
Actuaciones programadas para el período 1998-2000 a financiar, en los porcentajes indicados, entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad
Autónoma de las Islas Baleares
Aportación Comunidad Autónoma Aportación Estado
Programas 1998 1999 2000 1998 1999 2000
Fiscalizado Fiscalizado Sin fiscalizar Fiscalizado Sin fiscalizar Fiscalizado Fiscalizado Sin fiscalizar Fiscalizado Sin fiscalizar
1. Prevención y reducción en
origen (al 50 por 100 con
la Comunidad Autónoma) . 4.171.962 1.861.682 9.937.888 1.551.402 8.516.770 4.171.962 1.861.682 9.937.888 1.551.402 8.516.770
2. Gestión adecuada de los
residuos (al 25 por 100 con
la Comunidad Autónoma) . 11.212.710 4.468.038 31.801.242 3.723.363 27.253.665 3.737.570 1.489.346 7.950.311 1.241.121 6.813.416
3. Estudios estadísticas y
bases de datos (al 50 por
100 con la Comunidad
Autónoma).................11.054.299 46.542 248.447 38.785 212.919 11.054.299 46.542 248.447 38.785 212.919
4. Investigación y desarrollo
(al 50 por 100 con la
Comunidad Autónoma)..........2.575.794 279.252 1.490.683 232.710 1.277.516 2.575.794 279.252 1.490.683 232.710 1.277.516
5. Comunicación (al 25 por
100 con la Comunidad
Autónoma)................. 912.897 139.626 745.342 116.355 638.758 304.299 46.542 248.447 38.785 212.919
6. Formación (al 50 por 100
con la Comunidad
Autónoma) .......................... 527.150 23.271 124.224 19.393 106.460 527.150 23.271 124.224 19.393 106.460
Total........................30.454.812 6.818.411 44.347.825 5.682.008 38.006.088 22.371.074 3.746.635 20.000.000 3.122.196 17.140.000
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 253 del Jueves 22 de Octubre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Medio Ambiente.