Real Decreto 408/1998, de 13 de marzo, por el que se indulta a don José Ramón Rey Fraile.

Visto el expediente de indulto de don José Ramón Rey Fraile con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra que, en sentencia de fecha 12 de diciembre de 1994, le condenó, como autor de un delito de negativa al cumplimiento del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y accesorias, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de marzo de 1998,

Vengo en indultar a don José Ramón Rey Fraile la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 13 de marzo de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 77 del Martes 31 de Marzo de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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